La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó los planteos de diversas organizaciones ambientalistas contra las actividades de exploración sísmica offshore en el Mar Argentino, a más de 300 kilómetros de la costa de Mar del Plata. Las presentaciones fueron desestimadas con los votos de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz.
El máximo tribunal argumentó que los recursos extraordinarios, cuya denegación origino las quejas, no se dirigen contra una sentencia definitiva o equiparable a tal. El recurso extraordinario de queja a la Corte fue presentado luego del rechazo por parte de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata en diciembre último. Fue interpuesto por la Fundación Greenpeace Argentina, Surfrieder, Asociación de Surf Argentina, Asociación de General Alvarado de Surf, Fundación Patagónica Natural, Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas y otras organizaciones civiles.
Los detalles del fallo a favor del Offshore
Asimismo, la Corte rechazó, por los mismos motivos, otros dos recursos de ambientalistas autoconvocados y la de un particular (Rubén Oscar Godoy). La Cámara de Apelaciones marplatense, con la firma de los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez, había dejado sin efecto en diciembre pasado una medida cautelar del Juzgado Federal 2 de esa ciudad en febrero de ese año que impedía la exploración petrolera offshore al considerar que el Gobierno y la empresa Equinor cumplieron con los requisitos que les fueron requeridos para llevar adelante el emprendimiento, como, por ejemplo, la realización de una nueva declaración de impacto ambiental.
El fallo precisa que "las actividades de prospección sísmica no deberán llevarse a cabo a una distancia menor a 50 kilómetros de la zona denominada 'Agujero Azul', la cual abarca una superficie de 148.000 kilómetros cuadrados considerada como el primer eslabón de las cadenas tróficas del mar y por ser el hogar de 'especies vulnerables' como corales, esponjas y estrellas de mar, pasando por rayas, tiburones, merluza y calamares". Además, estableció que las actividades podrán suspenderse inmediatamente ante la verificación de cualquier acontecimiento que dañe sensiblemente al ambiente y exigió a las autoridades un máximo nivel de control sobre las actividades.
El fallo aclara que lo que habilita es la exploración (que es lo que impedía la cautelar) sin dar valoraciones sobre un eventual proyecto de extracción. Con esta luz verde, la compañía noruega, en sociedad con YPF y Shell (que poseen la propiedad del 35% y 30%, respectivamente, del consorcio que posee la concesión) puede continuar con las actividades de prospección sísmica 3D de los bloques 100, 108 y 114.
Equinor, como operadora, tenía programado iniciar las tareas de relevamiento sísmico en noviembre del año pasado, pero la demora judicial motivó que cancelara la contratación del buque BGP Prospector para realizar el trabajo, el cual finalmente arribó al país el mes pasado.
La secretaria de Energía, Flavia Royon, afirmó recientemente que el denominado Proyecto Argerich podría tener el "el potencial de otra Vaca Muerta", y sostuvo que puede significar para la Argentina exportaciones por aproximadamente US$ 20.000 millones". Los estudios preliminares realizados por YPF consideran que podría existir un yacimiento con capacidad de producir 200.000 barriles de petróleo por día, casi 40% del petróleo que hoy produce la Argentina.
En el bloque en cuestión, de 15.000 kilómetros cuadrados, las firmas tienen plazo hasta el año próximo para realizar las tareas de exploración, realizadas con buques especialmente diseñados para dicha tarea que cuentan con equipos de ultrasonidos.
Las señales emitidas por estos equipos rebotan en el fondo marino y generan imágenes 3D que son analizadas por geólogos y geofísicos para determinar cuáles áreas tienen mayor probabilidad de presencia de hidrocarburos. Luego, una vez realizados las perforaciones en el subsuelo, se evaluarán los resultados para determinar la existencia de recursos y su viabilidad.
Con información de Télam