Perdonan deuda por seis meses a obras sociales y prepagas

La Superintendencia de Salud (SSS) prorrogó el plazo de pago para que las obras sociales y las empresas de medicina prepaga cumplan con sus deudas con el organismo con una quita en los intereses.

09 de noviembre, 2022 | 13.35

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) prorrogó por 180 días el plazo de pago para que las obras sociales y las empresas de medicina prepaga cumplan con sus deudas con el organismo con una quita en los intereses, a través de la Resolución 1766/2022 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. En abril de este año, a través de la Resolución 607/2022, la SSN dispuso una moratoria por 120 días para que los agentes del seguro de salud y las entidades de medicina prepaga que, por cualquier motivo, incluyendo sanciones, tengan deudas con el organismo, cumplan con sus obligaciones.

El beneficio incluye una quita del 50% de los intereses devengados y en cuotas, y, para el mismo, se tuvo en cuenta "la excepcional y delicada situación que han debido afrontar las entidades con motivo de la pandemia de Covid-19". De acuerdo con la resolución de hoy, se han “evidenciado resultados más que favorables, con una amplia adhesión y la consiguiente subsanación de incumplimientos”.

No obstante, según la SSN, “se ha advertido también que, para su efectiva aplicación, los sujetos alcanzados han debido sortear algunas limitaciones técnicas y operativas”. Entre los motivos, de acuerdo con los considerados, se incluyen las demoras por la falta de generación de los instrumentos respectivos para el pago ante el Banco Nación. Asimismo, diversas prepagas y obras sociales que han subsanado sus deudas por incumplimientos, han manifestado su intención de hacer lo mismo en otras sanciones pendientes de pago pero que por “el volumen de actuación, así como la necesidad de ubicar y analizar los antecedentes de cada caso”, les requiere de más tiempo.

“En consecuencia, los trámites y plazos administrativos requeridos para la implementación de las normas respecto de la gran mayoría de instrucciones sumariales y otros expedientes alcanzados, han provocado que el plazo otorgado oportunamente resultase exiguo, evidenciando la conveniencia de su prórroga”, señaló la resolución de la SSN al argumentar la extensión por 180 días del plazo otorgado a las entidades de salud.

Aumentos de cuotas

El sector privado de Salud acordó con el Gobierno desdoblar el aumento del 13,8 por ciento que debería regir a partir de diciembre para la medicina prepaga. Será del 6,9 por ciento en diciembre y 6,9 por ciento en enero, no acumulativos sino que ambos incrementos serán sobre la base del valor actual. La decisión llegó tras la crítica de la vicepresidenta Cristina Kirchner y luego del ministro de Economía, Sergio Massa.

El nuevo esquema de ajuste de las cuotas, segmentado y de aplicación mensual, fue confirmado este viernes por Claudio Belocopitt, dueño de Swiss Medical y presidente de la Unión Argentina de Salud (UAS).  Además, desde febrero 2023 se implementará un nuevo esquema de aumento mensual de las cuotas, en reemplazo del índice de costo de salud que se aplicaba en forma bimestral.

Cómo será el nuevo esquema

Los afiliados que derivan sus aportes de una obra social a una prepaga y que el Grupo Familiar perciba "ingresos netos inferiores" a seis Salarios Mínimo, Vital y Movil (SMVM)— actualmente de 347.400 pesos--la cuota se ajustará todos los meses por hasta el 90 por ciento de la variación de los salarios formales según el RIPTE (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables). Como el RIPTE se difunde en los primeros días del segundo mes a los salarios devengados, por ejemplo, la cuota de febrero subirá según el RIPTE de noviembre anterior, y así sucesivamente.

Para quienes perciben más de seis sueldos mínimos, el valor de la cuota se ajustará por el actual Índice de Costos de Salud. Los afiliados voluntarios o directos también con ingresos individuales o del Grupo Familiar inferiores a la categoría H del Monotributo (352.498 pesos mensuales) verán sus cuotas ajustadas hasta el 90 por ciento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del mes inmediato anterior. Y por encima de esos seis salarios básicos, por el Índice de Costos de Salud.

De esta manera, las cuotas no variarán a todos los afiliados por igual, sino que tendrán una segmentación equivalente a la variación del 90 por ciento del RIPTE o del IPC, según se trata de trabajadores en relación de dependencia o de trabajadores o profesionales independientes.

A partir del primero de enero de 2023, las prepagas "en forma obligatoria" deberán ofrecer "idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad con copagos sobre las prestaciones nivel 1 (ambulatorios) y nivel 2 (ambulatorios e internación de baja complejidad). Esos planes deberán tener un valor un 25 por ciento menor al mismo plan sin copagos.

El Índice de Costos de Salud que debutó en agosto pasado, quedará prorrogado por 18 meses. Ese índice combina la evolución de los costos de los medicamentos (12,2 por ciento) de acuerdo a un listado que elabora el Ministerio de Salud, los insumos médicos (17,2 por ciento), los salarios fijados por las paritarias (52,4 por ciento) y los gastos generales (18,2 por ciento), que elabora la Superintendencia de Servicios de Salud.