La AFIP estableció las modalidades de pago del componente impositivo del monotributo, correspondiente a los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 y enero y febrero de 2024. También, dispuso condiciones excepcionales a efectos de usufructuar el beneficio de reintegro respecto del año calendario 2024, según la Resolución General 5491, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
Según lo dispuesto, el pago del impuesto integrado -componente impositivo- de las obligaciones mensuales correspondientes a los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 y enero y febrero de 2024, a cargo de los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado deberá efectuarse mediante Volante Electrónico de Pago (VEP).
Para ello, hay que acceder a la página web de la AFIP con clave fiscal al servicio "Presentación de DDJJ y Pagos" o "CCMA-Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos" o a través del Portal Monotributo. A tales fines, el VEP generado podrá ser cancelado mediante la lectura de un código de respuesta rápida QR, de acuerdo con el texto oficial.
La AFIP aclaró que en el supuesto de que la generación del VEP se realice desde el servicio "Presentación de DDJJ y Pagos", ahí se deberá seleccionar la opción "Nuevo VEP" y completar la totalidad de los datos requeridos. Por su parte, los pequeños contribuyentes asociados a cooperativas de trabajo podrán ingresar la obligación a través de entidades bancarias y de pago autorizadas, utilizando el volante de pago formulario F. 155 y consignando la relación Impuesto- Concepto-Subconcepto 20-019-078.
El ente recaudador explicó también que a los efectos de acceder al beneficio de reintegro con carácter de excepción respecto del año calendario 2024, se tendrán por cumplidos los requisitos cuando los pequeños contribuyentes hubieran abonado el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales de al menos diez períodos mensuales.
Cambios para el monotributo
El borrador del proyecto de ley fiscal que el Poder Ejecutivo acercó este jueves a los gobernadores y que podría ingresar al Congreso próximamente prevé la actualización de las escalas del monotributo, como así también de los montos a ingresar por el impuesto y los componentes de aporte jubilatorio y obra social.
A diferencia del paquete fiscal retirado en plenas negociaciones en sesiones extraordinarias, los valores a actualizar que propone el borrador del proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes son sensiblemente menores, tanto para los límites de facturación como para el componente impositivo de la cuota, en un momento en el cual la inflación hace que los trabajadores rápidamente queden debajo el límite. En cambio, los componentes de obra social y jubilación quedan igual. Así lo advirtió el contador Marcos Felice en la red social Twitter.
Los nuevos parámetros de facturación definidos en el borrador del proyecto fijan en $20.500.000 el último tramo para prestaciones de servicios y en $35.500.000 para venta de cosas muebles. Mientras que el proyecto anterior proponía un aumento para la categoría A de facturación hasta $5.000.000, elevando la escala un 137%, el presente proyecto la eleva a $3.000.000, solo un 42,3%.
Para el caso de la facturación límite del régimen como la categoría H en servicios, el proyecto anterior ponía el límite en $35.000.000 mientras que el actual lo ubica en $20.500.000. En el caso de la venta de cosas muebles, el límite máximo era de $68.000.000 de la categoría K y en el actual pasaría a $35.500.000.