ALERTA VENCE EL MONOTRIBUTO AFIP 2023: paso a paso cómo recategorizarse

Este jueves 27 de julio será la última jornada para que los monotributistas del régimen simplificado hagan la recategorización. ¿Qué pasa si no me recategorizo?

27 de julio, 2023 | 09.59

Luego de que la AFIP extendiera el plazo para realizar la recategorización del monotributo por una semana, este jueves 27 de julio vence la fecha. Para realizar el trámite obligatorio hay que ingresar al sitio web de la AFIP con clave fiscal.

El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización. Para realizar el trámite hay que ingresar al sitio web de la AFIP con clave fiscal. Si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categoría.

Cómo quedaron las escalas desde julio de 2023

Tras aumentar el mes pasado los topes de ingresos de las escalas de facturación del monotributo un 41,5%, los limites de las categorías fueron modificadas. Aunque la cuota mensual se mantiene sin cambios, los máximos de cada categoría quedaron así:

  • Categoría A: pasó de $ 999.657 a $ 1.414.762
  • Categoría B: pasó de $ 1.485.976 a $ 2.103.025
  • Categoría C: pasó de $ 2.080.367 a $ 2.944.235
  • Categoría D: pasó de $ 2.583.720 a $ 3.656.604
  • Categoría E: pasó de $ 3.042.435 a $ 4.305.799
  • Categoría F: pasó de $ 3.803.043 a $ 5.382.248
  • Categoría G: pasó de $ 4.563.652 a $ 6.458.698
  • Categoría H: pasó de $ 5.650.236 a $ 7.996.484
  • Categoría I: pasó de $ 6.323.918 a $ 8.949.911
  • Categoría J: pasó de $ 7.247.514 a $ 10.257.028
  • Categoría K: pasó de $ 8.040.721 a $ 11.379.612

¿Cuándo se si tengo que recategorizarme en el monotributo?

Para evaluar si corresponde una recategorización se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica. Si los parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. Y el importe correspondiente a la nueva categoría se pagará al mes siguiente a la recategorización.

Si pasaron menos de seis meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización. Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Paso a paso: cómo hacer el trámite de recategorización

  • Entrá al sitio de AFIP e ingresá tu número de CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal.
  • Una vez que ingresaste, entrá a la opción recategorización presionando sobre el botón Recategorizarme.
  • El sistema te va a mostrar tu categoría actual y los topes de cada parámetro de esa categoría. Te sugerimos que revises las categorías vigentes antes de seguir con el trámite para que estés seguro de cuál es la categoría nueva que te corresponde. Para eso hacé clic en el botón Escalas vigentes. Para proceder a recategorizarte, presioná el botón Continuar recategorización.
  • Informá el monto facturado en los últimos 12 meses. Donde el sistema te pregunta si tenés o usás un local, seleccioná la opción que corresponda. Si es No, hacé clic en Continuar.
  • Ingresá los datos correspondientes a tu actividad que te pide el sistema, para determinar tu nueva categoría.
  • El sistema te mostrará la categoría que te corresponde según los datos que aportaste. Verificá bien antes de aceptar la validación. Si los datos no son correctos, presioná en el botón Volver para arreglar los errores. Si los datos están bien, hacé clic en Confirmar categoría.
  • El sistema te va a informar que la transacción se hizo correctamente y vas a poder imprimir tu nueva credencial.