Milei abre la posibilidad para habilitar la pesca de buques vinculados a Malvinas

En el proyecto de ley ómnibus, Milei incluyó la derogación de un artículo clave del Régimen Federal Pesquero. 

28 de diciembre, 2023 | 20.02

La entrega de soberanía detrás del programa libertario es total. En su proyecto de ley ómnibus, Javier Milei incluyó la derogación de un artículo del Régimen Federal Pesquero para permitir que buques vinculados a los intereses de Inglaterra – Malvinas puedan operar en aguas nacionales. La modificación que proponen desde el Poder Ejecutivo apunta a “legalizar” a las empresas que faenan en la denominada ‘zona de exclusión’, ilegalmente establecida por el Gobierno británico alrededor del archipiélago. “Una reforma, en los términos del proyecto de ley elevado al Parlamento, pondría en riesgo el cuidado y la sustentabilidad de los recursos pesqueros y merece un tratamiento serio y sin apresuramientos. La pesca argentina ha venido advirtiendo sobre la crisis que la afecta y cambios de este calibre no harían más que profundizar esa situación”, denunciaron desde la entidad Intercámaras de la Industria Pesquera Argentina.

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La normativa pesquera vigente en Argentina prevé que no podrán pescar en el caladero nacional, las empresas que tuvieran relación con buques o grupos económicos que pescan ilegítimamente dentro de las aguas bajo jurisdicción de la República Argentina. Así lo establece el artículo 27 bis de la Ley Nº 24.922 que fue incorporado en 2008 para impedir que empresas pesqueras que pescan en Malvinas, también lo pudieran hacer en aguas nacionales. 

Es decir, el artículo en cuestión apuntaba a impedir la actividad en aguas nacionales de aquellas firmas que faenan en la ‘zona de exclusión’, ilegalmente establecida por el Gobierno británico alrededor del archipiélago.

El artículo 27 bis del Régimen Federal Pesquero establece las condiciones bajo las cuales no puede operarse en aguas nacionales.

“El Consejo Federal Pesquero otorgará las cuotas de captura asignada, o autorización de captura en el caso que la especie no esté cuotificada, a tenor de lo dispuesto en el artículo 27 de la presente ley, a aquellos titulares que manifiesten mediante declaración jurada”, reza la normativa.

En dicha declaración jurada, las empresas que deseen pescar en aguas nacionales deben constatar lo siguiente:

a) No son armadores ni propietarios de buques pesqueros que realicen operaciones de pesca dentro de las aguas bajo jurisdicción de la República Argentina sin el correspondiente permiso de pesca emitido de conformidad con lo previsto en la presente;

b) Carecen de relación jurídica, económica o de beneficio, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 19.550, con personas físicas o jurídicas propietarias y/o armadoras de buques pesqueros que realicen operaciones de pesca dentro de las aguas bajo jurisdicción de la República Argentina sin el correspondiente permiso de pesca emitido de conformidad con lo previsto en la presente;

c) Carecen de relación jurídica, económica o de beneficio con personas físicas o jurídicas, propietarios y/o armadoras, de buques pesqueros que realicen operaciones de pesca dentro de las aguas bajo jurisdicción de la República Argentina sin el correspondiente permiso de pesca emitido de conformidad con lo previsto en la presente”.

Todas esas restricciones desaparecerían en caso de aprobarse la ley ómnibus enviada por Milei al Congreso. De ser así, las empresas solo necesitarán pedir autorización al Consejo Federal Pesquero, como único requisito para avanzar sobre la soberanía nacional.

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