El juez del fuero Contencioso Administrativo, Enrique Lavié Pico, dispuso un plazo de cinco días para que Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat eleve un informe a su juzgado sobre la situación de los desalojos de inquilinos en el país y los detalles del plan de contención implementado para atender la diversidad de casos, informaron fuentes judiciales. El magistrado hizo de esta forma lugar a un amparo presentado por la Asociación civil Inquilinos Agrupados y la Federación de Inquilinos Nacional, en el que solicitaron que continúe vigente el decreto 320/20 que suspende los desalojos y congela el precio de los alquileres.
De esta manera, la cartera a cargo de Jorge Ferraresi deberá informar la situación de los desalojos en el país en un plazo de cinco días y el plan de contención para evitar que las familias inquilinas queden en la calle. Luego de la respuesta del ministerio, el juez deberá resolver la cautelar por la suspensión o no de los desalojos
Tras darse a conocer la medida, el titular de Inquilinos Agrupados, Gervasio Muñoz, dijo que "frente a las prácticas profundamente abusivas que ha adoptado el mercado inmobiliario y en un momento tan sensible como el que estamos viviendo en términos sanitarios, es importante que el ministerio de hábitat lleve adelante un rol activo en la protección del derecho a la vivienda de millones de inquilinos que no pueden afrontar el pago del alquiler".
El mes pasado el Gobierno puso en marcha el Protocolo Nacional de Alerta Temprana de Desalojos de Vivienda Única y Familiar en Regímenes de Alquileres Formales. Finalizado el plazo que prohibió durante un año, como consecuencia de la pandemia, los desalojos, se atenderán con prioridad situaciones de familias monomarentales y monoparentales, personas adultas mayores o en situación de vulnerabilidad, con discapacidad y en extrema pobreza o indigencia y a víctimas de violencia de género.
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Primero se realizará un registro de la población en riesgo de desalojo en regímenes de alquiler formal de vivienda única y familiar. Este registro será llevado adelante por el área o estructura administrativa funcional que determinará la Secretaría de Desarrollo Territorial de acuerdo a los cargos estructurales actuales o que al efecto se creen.
En este relevamiento se contemplará información personal de los locatarios y locatarias, composición del grupo familiar o conviviente, si lo hubiera, especificando personas en situación de vulnerabilidad, registro del contrato en la AFIP, plazo de vigencia de la locación, canon locativo, monto y frecuencia de actualizaciones, pago de expensas, impuestos y/o servicios a cargo del locatario, localización, características y condiciones edilicias del inmueble que habitan, ingresos, deudas y otros datos que contribuyan a la caracterización socio-económica de la persona o grupo y estado en que se encuentran los procesos de desalojo e información de partes intervinientes. El registro respetará el habeas data, garantizando que cualquier producción y difusión de estadística no difundirá información personal.