El Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI) fue uno de los apartados dentro de la ley Bases que se aprobó el miércoles en el Senado de la Nación. Se trata de un régimen que diseñó el Gobierno para atraer grandes inversiones extranjeras o locales para intentar concretar la salida exportadora implica, entre otros beneficios, otorga estabilidad cambiaria, financiera y aduanera por 30 años.
RIGI: qué cambios se hicieron al proyecto original para ser aprobado
- La primera modificación apuntó al artículo 165: ya no será para “cualquier sector”, sino para “foresto industria, infraestructura, minería, energía y tecnología” que cumplan con los requisitos previstos. Luego se corrigió y sumaron otros grandes rubros económicos: turismo, petróleo y gas y siderúrgica.
- Para proveedores locales hay un compromiso de “como mínimo el 20% de la totalidad del monto de inversión”, siempre y cuando “la oferta se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad”. Dicho porcentaje mínimo deberá mantenerse durante las etapas de construcción y operación.
- Artículo 196: –incentivos cambiarios–, que limita la obligación de liquidación en el mercado de cambios a las divisas que ingresen por exportaciones de productos que generen los proyectos. Será de un 20% luego de dos años de iniciada la inversión; 40%, después de tres años; y 100%, a partir de los cuatro años.
-
Cuando se trate del cobro de exportaciones declaradas como “Exportación Estratégica de Largo Plazo”, a efectos de la excepción de la obligación de ingresar y liquidar en el mercado de cambios, los plazos indicados en los incisos precedentes se computarán de la siguiente manera:
- Veinte por ciento (20%) luego de transcurrido un (1) año contado desde la fecha puesta en marcha de los Vehículos de Proyecto Único (VPU);
- Cuarenta por ciento (40%) luego de transcurrido dos (2) años contados desde la fecha puesta en marcha del VPU;
- Ciento por ciento (100%) luego de transcurrido tres (3) años contados desde la fecha de puesta en marcha del VPU
En otro punto, se modificó el artículo 205 para que las acciones, cuotas o participaciones sociales de los VPU adheridos al RIGI puedan ser objeto de negocios jurídicos de garantía. “Las acciones, cuotas o participaciones sociales de los VPU adheridos al RIGI podrán ser objeto de prenda, cesión en garantía, fideicomiso y/o cualquier otro tipo de negocio jurídico de garantía con entidades financieras, organismos de crédito, locales o extranjeros, sin autorización previa de la autoridad de aplicación, debiendo ello ser informado a ésta última dentro de los quince días corridos siguientes de ocurrido”, dicta el texto.
MÁS INFO
RIGI: economía de enclave
El centro de investigaciones Fundar fue explícito en cuanto a los potenciales daños para el país si el RIGI llegase a convertirse en ley. “El proyecto busca consagrar de una vez y para siempre un patrón de especialización productiva de Argentina como mero exportador de commodities”, escribió Martín Reydó, director ejecutivo de Fundar.
“El régimen consiste en incentivar, por un período de 30 años, mediante políticas fiscales y aduaneras, un boom de inversiones en minería, petróleo y gas. Y probablemente también en inversiones agropecuarias. Ata al Estado argentino de pies y manos. Una combinación de privilegios al capital y de restricciones al bien colectivo”, puede leerse en el último informe de Fundar.
El programa de miseria planificada de Milei avanza sobre los derechos de los trabajadores y trabajadoras. Disciplina a la sociedad vía ajuste por shock, despidos y pobreza. Su objetivo: que la Argentina sea una mera economía de enclave, no ya de algún Estado, sino de los fondos de inversión trasnacionales.