La Justicia rechazó este lunes el amparo de la diputada de Juntos por el Cambio Graciela Ocaña para suspender el canje de bonos propuesto por el Gobierno. Como primer argumento, el fallo deslegitimó la potestad de un legislador para interrumpir este tipo de medidas tomadas por el Poder Ejecutivo.
El amparo fue presentado por Ocaña y otros diputados y por cuatro jubilados. Habían solicitado que, con carácter de medida cautelar urgente, se disponga la suspensión de lo dispuesto en el Decreto 163/2023 y en los artículos. 2 y 3 del Decreto 164/2023. Sin embargo, la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el amparo.
En primer lugar, el Poder Judicial rechazó que los diputados tengan legitimación sustentada en la calidad de" Diputadas y Diputados de la Nación entendiendo que la mencionada calidad parlamentaria no les legitima para actuar en resguardo de la división de poderes". Para la justicia “es indudable que las diputadas y los diputados demandantes no lo representan en juicio”.
En segundo lugar, la Justicia rechazó la legitimación de los jubilados y jubiladas entendiendo que este carácter “no confiere legitimación suficiente para ocurrir a la jurisdicción, pues la invocación de tal condición sin la demostración de un perjuicio concreto, es insuficiente para sostener la legitimación a los fines de impugnar la constitucionalidad de una norma”.
Por último, el fallo resaltó que “en la medida que la actora no demuestra la existencia de un interés concreto, inmediato y sustancial propio, corresponde rechazar in límine la acción intentada. No basta cualquier interés, sino que se torna indispensable un interés calificado” y citó la jurisprudencia aplicable que avala esta posición.
Por este motivo, la justicia resolvió “rechazar in limine la demanda incoada (arts. 2º de la Ley 27, 3° y 17 de la Ley 16.986 y art. 337 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)”.
Defienden el canje de bonos
Un estudio del Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad Nacional de Avellaneda defendió el canje de bonos propuesto por el ministro de Economía, Sergio Massa. Según el documento, el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la Anses no se vería descapitalizado por esta operación.
A fines de marzo, el Gobierno ordenó a los organismos públicos realizar el canje de sus bonos en dólares bajo legislación extranjera (globales o GD) a través de dos acciones. La primera es canjear sus bonos en dólares bajo legislación extranjera (globales o GD) por otros bonos (duales). La segunda, licitar en el mercado secundario los bonos en dólares bajo legislación argentina y destinar el 70% de lo obtenido de esas ventas a la compra de nuevos títulos públicos en pesos emitidos por el Tesoro Nacional.
Según el informe, este tipo de bono (dual) tiene "la ventaja de ser menos volátiles que los bonos en dólares, dándole una mayor estabilidad al capital del fondo, afianzando uno de los principios del FGS". Teniendo en cuenta esto, el FGS "no sufriría una descapitalización con la implementación de la medida", remarcó el documento.
A su vez, en el decreto se establece que la operación de venta de bonos de legislación local (AL) se deberá hacer mediante subastas, lo que permite licitar los bonos sin tener que liquidarlos a precio de mercado (hoy deprimido). Además, a partir de la venta de los bonos de legislación local (AR) "el FGS obtendría liquidez por aproximadamente $ 400.000 millones que podrá destinar a créditos para beneficiarios del sistema previsional y/o al financiamiento de nuevos proyectos productivos", soslayó la Undav.
Al revisar la evolución del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, hubo un crecimiento sostenido del mismo desde la recuperación de las AFJP en 2008. El FGS resulta de importancia estratégica para el Estado, dado que el mismo se constituye como un fondo de reserva para asistir al SIPA si hay desequilibrios transitorios.