Reintegro a tarjetas de débito: quiénes perciben el beneficio y cuando comienza

Será para sectores de menores ingresos: las y los jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo, así como titulares de la AUH y la AUE. También se tomarán en cuenta las compras en farmacias. 

01 de julio, 2021 | 13.20

El Gobierno oficializó este jueves la actualización en un 70% del monto del reintegro a los consumos realizados con tarjeta de débito de los sectores de menores ingresos: las y los jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo, así como titulares de la AUH y la AUE. Con esta actualización, la devolución sobre las compras con tarjeta ascenderá para este segmento hasta 1200 pesos mensuales por beneficiario y para los titulares de la AUH con 2 o más hijos el monto máximo será de 2400 mensuales.

Las medidas que instrumentadas por la AFIP, que se publicó este jueves en el Boletín Oficial, también extienden la vigencia del reintegro del 15% hasta el 31 de diciembre de 2021. El mecanismo consiste en la devolución del 15% del monto total de los consumos realizados con la tarjeta de débito a través de la cual se perciben la jubilación, pensión o AUH/AUE.

Esta medida amplía también  universo de productos alcanzados para contemplar los gastos en farmacias, que se suman a las vigentes operaciones realizadas en mini, súper e hipermercados, kioscos y almacenes.

"La extensión del reintegro a sectores vulnerados complementa distintos beneficios con los que buscamos llevar alivio a las familias. La ampliación del monto y la incorporación de otros gastos como el que realizan en farmacias se traducen en una mejora del ingreso que disponen las y los beneficiarios. Esto apuntala la recuperación y fortalece el mercado interno”, resaltó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

Cómo es el mecanismo de reintegro

Los fondos reintegrados se acreditan en forma automática cuando las personas beneficiarias realizan sus compras con tarjeta de débito mientras que también están alcanzadas las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR). La medida favorece el acceso a servicios financieros y así permite coadyuvar a la reducción de las brechas sociales, territoriales y de género.

El reintegro a sectores vulnerados fue creado por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva como una herramienta para apuntalar la demanda. El instrumento complementa distintas políticas implementadas por el Gobierno y representa un mecanismo adicional para amortiguar los efectos de la pandemia del COVID-19.

La ampliación del beneficio para sectores vulnerados entra en vigencia el 1° de julio. Las compras efectuadas entre el 1° y el 11 de julio serán reintegradas el 12 de julio en la cuenta bancaria en la que se percibe el beneficio de la jubilación, pensión o asignación.

Finalizado ese período de adecuación de los sistemas de las empresas, el reintegro se acreditará, como máximo, dentro de las 48 horas hábiles posteriores a efectuada la compra, según el horario en que se haya realizado