Con la proximidad del pago de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), surge una pregunta frecuente entre los adultos mayores: ¿cómo cobro el aguinaldo en diciembre 2024 si soy jubilado?
De acuerdo con la Ley 27.073, el aguinaldo se abona en dos cuotas: la primera con vencimiento el 30 de junio y la segunda, el 18 de diciembre. En el caso de los jubilados del sistema previsional, el SAC se paga en la misma fecha en que se percibe la prestación mensual correspondiente. Esta fecha varía según el nivel de ingresos del jubilado y suele coincidir con la segunda, tercera o cuarta semana del mes.
Es fundamental señalar que el aguinaldo está destinado tanto a los trabajadores en relación de dependencia como a los titulares del sistema previsional. Este grupo incluye a los beneficiarios de Pensiones No Contributivas y jubilados.
¿Cómo reciben el aguinaldo en diciembre los jubilados?
Los jubilados y pensionados de la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) que cobran sus haberes a través de este organismo perciben la segunda cuota del aguinaldo en diciembre. El pago se realiza según la terminación del DNI, siguiendo el calendario de pagos establecido para ese mes.
Como es habitual en diciembre, los titulares del sistema previsional argentino reciben automáticamente la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) junto con el pago de sus haberes mensuales, sin necesidad de realizar ningún trámite adicional. Además, en caso de que corresponda, se suma el bono extraordinario, ya sea en su totalidad o de forma proporcional.
Fecha de cobro del aguinaldo en diciembre para jubilados y pensionados
Jubilaciones y pensiones que no superen los haberes mínimos
- DNI terminados en 0: 9 de diciembre.
- DNI terminados en 1: 10 de diciembre.
- DNI terminados en 2 y 3: 11 de diciembre.
- DNI terminados en 4 y 5: 12 de diciembre.
- DNI terminados en 6 y 7: 13 de diciembre.
- DNI terminados en 8 y 9: 16 de diciembre.
Pensiones No Contributivas
- DNI terminados en 0 y 1: 9 de diciembre.
- DNI terminados en 2 y 3: 10 de diciembre.
- DNI terminados en 4 y 5: 11 de diciembre.
- DNI terminados en 6 y 7: 12 de diciembre.
- DNI terminados en 8 y 9: 13 de diciembre.
Jubilaciones y pensiones que superen los haberes mínimos
- DNI terminados en 0 y 1: 17 de diciembre.
- DNI terminados en 2 y 3: 18 de diciembre.
- DNI terminados en 4 y 5: 19 de diciembre.
- DNI terminados en 6 y 7: 20 de diciembre.
- DNI terminados en 8 y 9: 23 de diciembre.
¿Cómo se calcula el aguinaldo de diciembre?
El Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido como aguinaldo, es un ingreso adicional que corresponde a los trabajadores registrados y a los titulares del sistema previsional. Este monto se paga en dos cuotas: una en junio y otra en diciembre.
Para calcular el aguinaldo de diciembre de manera sencilla, se toma el 50% de la mayor remuneración mensual percibida durante la segunda mitad del año. En el caso de quienes hayan trabajado por un período menor, el aguinaldo se calcula de manera proporcional al tiempo trabajado.
Bono extraordinario para jubilados y pensionados en diciembre
El titular de la ANSES, Mariano de los Heros, confirmó que se mantendrá el pago del bono extraordinario de $70.000 que jubilados y pensionados han venido recibiendo desde marzo. Este beneficio está destinado a quienes perciben una única prestación que no supere o sea equivalente al haber mínimo. En tanto, los jubilados y pensionados cuyo ingreso mensual sea superior al mínimo recibirán un bono proporcional, hasta alcanzar el nuevo límite que será establecido por el Gobierno en diciembre.