Exclusivo: los aumentos jubilatorios serán trimestrales

No solo se borró el pago a cuenta. Ahora, el presidente Alberto Fernández decidió que los incrementos con la nueva fórmula no serán semestrales.

02 de diciembre, 2020 | 22.14

El presidente Alberto Fernández decidió que los aumentos jubilatorios con la nueva fórmula que comenzará a aplicarse en marzo próximo tenga actualizaciones trimestrales. De esta forma, según la información exclusiva a la que accedió El Destape, no solo se borró el pago a cuenta del 5% que se dio en diciembre sino que también se decidió que los incrementos a los jubilados no sean semestrales como estaba previsto en el proyecto inicial.

Los jubilados tendrán un aumento del 5% en sus haberes de diciembre, lo que llevará la mínima a 19.035 pesos, que sumará así un total de 35,3% de aumento en el 2020. En marzo se dará otro aumento, pero ya con la nueva fórmula de movilidad jubilatoria que discute ahora el Congreso. Luego se actualizarán los haberes jubilatorios cada tres meses y no cada seis.

Alberto Fernández decidió tomar sugerencias que surgieron del bloque de senadores, que fueron acercadas por Fernanda Raverta y Claudio Moroni.

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El empalme era uno de los principales puntos de conflicto del nuevo proyecto y hasta incluso figuras integrantes del oficialismo habían manifestado su negativa.

Se agregó también la posibilidad de que el 50% de la fórmula que se mide por la suba de salarios no se limite al RIPTE (que calcula la suba de los sueldos de trabajadores formales), sino que se elegirá entre este y el índice de salarios del Indec, que abarca a todos los empleados. Este fue el esquema utilizado durante la presidencia de Cristina Kirchner.

Uno de los principales críticos del artículo fue el abogado previsionalista Miguel Fernández Pastor, que a la vez es uno de los principales defensores de la gestión kirchenrista en materia previsional. De hecho, la medida recordaba a lo hecho por Mauricio Macri en 2017.

La demanda en aquel momento la había iniciado el propio Fernández Pastor, que supo ser gerente de Normatización de Prestaciones y Servicios de la ANSES hasta 2015. El demandante solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 27.426, que es el que fijaba la nueva forma de calcular los aumentos. 

Lo que sucedió fue que la ley macrista se aprobó en diciembre y el aumento de marzo se calculó (con la nueva fórmula) de acuerdo con los indicadores del trimestre octubre-diciembre. Es decir que el trimestre julio-septiembre no fue tomado en cuenta. Por eso, el incremento de haberes de marzo fue del 5,7%, mientras que si se hubiera aplicado la fórmula anterior debió haberse establecido un aumento del 14,6 por ciento.

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En diálogo con El Destape, Fernández Pastor expresó: "Considero que es correcto volver a aquella fórmula, la diferencia es muy sutil. hay una pequeña diferencia anual entre elegir el RIPTE o el Indec, que si uno lo va sumando en el tiempo puede llegar a una cifra de trascendencia. En lo inmediato lo afecta poco". Además, consideró una "gran decisión" eliminar el empalme de diciembre que preveía el texto original.

"Entre enero del 2009 y diciembre de 2015, los beneficiarios le ganaron a la inflación con el 32,4% de incremento en términos reales. Fue absolutamente beneficiosa. Si incluimos los dos años de Macri baja un poco pero a a pesar de todo la fórmula logra un incremento del haber real en un 25,6%", señaló Pastor. Y agregó: "Es una gran noticia que se vuelva a aquella fórmula y hay que luchar fuertemente para que sea ley".

Sobre la postura negativa ya expresada por el bloque de Juntos por el Cambio, la titular del organismo previsional, Fernanda Raverta, igualmente fue optimista sobre el avance del proyecto: "Se va a poder sancionar porque los diputados de la oposición saben que los jubilados y jubiladas necesitan una fórmula de movilidad y que el momento es ahora para salir de los aumentos por decreto. Hay críticas a la fórmula, pero sería demasiado incorrecto que no permitan que haya una fórmula de movilidad en la Argentina".