Como había prometido, el flamante Gobierno de Javier Milei confirmó el pago de un bono a los jubilados y pensionados. Este martes, publicó en el Boletín Oficial el primer bono a cobrar en el mes de enero, que será de 55.000 pesos para los que cobran la mínima y no podrá sumar más de 160.000 pesos en total. entre el aumento de la movilidad jubilatoria y el bono extra. Pero esto no fue la única novedad. Además, la Anses informó que habrá otra suma de $ 22.000 para jubilados que hayan cumplido 30 años de aportes efectivos por una ley sancionada en 2017.
"Los jubilados y pensionados que cobran haberes mínimos con 30 años o más de aportes efectivos y que no hayan necesitado de una moratoria para jubilarse, recibirán junto al bono de $55.000 un complemento de hasta $22.207", informó la Anses en su comunicado. El artículo 5 de la ley de 2017 establece que los jubilados y pensionados "con 30 años o más de servicios con aportes efectivos" cobrarán un "suplemento dinerario hasta alcanzar un haber equivalente al 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil".
Bono de 55 mil pesos para jubilados: Cuándo cobro
Los titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC), cuyos haberes comienzan mañana y tengan DNI terminados en 0, 1, 2, 3, 4 y 5, recibirán el bono en un pago complementario ese mismo 5 de enero. Desde el lunes 8, se abonará con el calendario habitual.
Las personas que durante esos meses cobrarían 105.712 pesos (haber mínimo), con la medida anunciada, alcanzarán los 160.712 pesos. También percibirán un bono proporcional todas las personas que cobren menos de esa cifra, lo que significa que un jubilado con un haber de 120 mil pesos cobrará un aumento de 40 mil pesos para alcanzar el monto de 160.712 pesos.
Las prestaciones alcanzadas por la medida son todas las jubilaciones y pensiones del SIPA, la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y las Pensiones No Contributivas (PNC).
Aumentos por decreto
El Gobierno presentó el proyecto de ley ómnibus para que las jubilaciones sean actualizadas a través de decretos. De esta forma, el texto plantea la derogación oficial la Ley de Movilidad Jubilatoria.
La Ley de Movilidad -que hasta el momento no fue derogada oficialmente- indica que los aumentos se dan a partir de la sumatoria del 50% del aumento trimestral en la recaudación de ANSES y el 50% por la variación salarial durante el mismo período. En el segundo caso, se toma el mayor valor entre el Ripte (Remuneración Imponible para el Trabajador Estable) y el Índice General de Salarios del INDEC.
El proyecto explicita el cambio de la siguiente forma: "Suspéndese la aplicación del artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus complementarias y modificatorias. Facúltase al Poder ejecutivo nacional a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica".
Advierten por nuevos juicios
Los bonos otorgados a jubilados y pensionados de la mínima durante los últimos tres meses produjeron una nueva descompensación de los haberes no incluidos en el beneficio, lo que abre la puerta, otra vez, a una andanada de juicios. Así lo advirtió el abogado previsional, Guillermo Jauregui, al puntualizar que dicha situación se repite consecutivamente todos los meses desde septiembre de 2022, lo que genera, según sus propios cálculos, que "un jubilado que cobraba 2 mínimos en agosto de 2022, en diciembre de 2023 pasó a cobrar el equivalente a 1,32 mínimos; el que cobraba 3 mínimos, recibió 2 mínimos y el que cobraba 4 mínimos, ahora pasó a 2,6".
De acuerdo con lo calculado por el letrado, en agosto de 2022, el haber máximo equivalía a 6,72 veces el haber mínimo. En tanto que en diciembre de 2023 y enero de 2024, con el nuevo bono de $ 55.000, esa relación disminuye a 4,41 veces. A raíz de eso, denunció que dicha situación es contraria a lo que indica el artículo 8º de la ley de movilidad vigente, al explicar las implicancias del principio de sustitución. En ese sentido puntualizó que "en la legislación actual, el principio de la sustitución se aplica de manera perfecta en el caso de los regímenes especiales, que tienen un haber que representa un porcentaje sobre el sueldo del activo (jueces, servicio exterior, etc)".