El Gobierno de Javier Milei confirmó la prórroga por un año de la vigencia del Presupuesto 2023, a través del Boletín Oficial, y gobernará el 2024 con los mismos fondos. El decreto lleva la firma del máximo mandatario nacional; el jefe de Gabinete, Nicolás Posse y el ministro de Economía, Luis Caputo. De esta manera podrán reasignar partidas a discreción y utilizar partidas que faciliten el ajuste que planea para alcanzar el déficit cero. No había sido incluído en el temario de las sesiones extraordinarias convocadas, lo que fue un claro adelanto al decreto lanzado este miércoles.
Entre los considerandos remarcan que, a la fecha del 27 de diciembre del 2023, no se encuentra aprobada la Ley de Presupuesto para el próximo año y que teniendo en cuenta el Art. 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, deberá regir el vigente el año anterior "con adecuaciones que deberá hacer el Poder Ejecutivo Nacional" actual. Cabe recordar que, como indica la ley, el proyecto enviado por Sergio Massa ingresó formalmente el Congreso el 15 de septiembre pasado, pero no fue aprobado.
"Dado lo avanzado del Ejercicio Presupuestario 2023, no resulta posible definir con inmediatez y precisión las adecuaciones referidas en el artículo 27 de la mencionada ley, por lo cual estas se llevarán a cabo oportunamente. Teniendo en cuenta tal circunstancia, y con el objeto de asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios mínimos y esenciales a cargo de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, corresponde prorrogar los recursos, fuentes financieras y créditos vigentes al cierre del Ejercicio 2023", señala el Decreto 88/2023.
Por su parte, en el Art. 2, instruye al jefe de Gabinete Posse a "adecuar, oportunamente, el presupuesto que se prorroga mediante el artículo 1° del presente decreto con el fin de dar cumplimiento a los incisos 1 y 2 del artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias". Si bien remarcan que el Presupuesto 2023 comenzará a regir a partir del 1° de enero del 2024, remarcan que el decreto queda en vigencia desde el día de la fecha.
En lo que refiere a las competencias para autorizar gastos, ordenar pagos y efectuar desembolsos, se adecuarán a diferentes pautas. Los montos para aprobar gastos serán fijados por funcionarios del Ejecutivo Nacional, entre ellos se nombra al jefe de Gabinete, a los ministros, funcionarios con rango y categoría de ministros y máximas autoridades de organismos descentralizados. A su vez, se menciona a secretarios de Jefatura de Gabinete, secretarios de la Presidencia de la Nación, secretarios ministeriales de cada área y directores nacionales y generales.
"La formalización de los actos de aprobación de gastos, ordenamiento de pagos y desembolsos se instrumentará en los formularios/comprobantes de uso general y uniforme que establezca la Secretaría de Hacienda del Ministro de Economía", aclaran en la normativa. Y sostienen que "toda salida de fondos del Tesoro Nacional, requiere ser formalizada mediante una orden de pago emitida por el Servicio Administrativo Financiero (S.A.F.), la que deberá ser firmada por secretarios, subsecretarios o funcionarios de nivel equivalente de quienes dependan esto, juntamente con los responsables de dichos servicios y de las unidades de registro contable".
Por último, el Presidente sentencia que "en caso de autorización y aprobación de gastos referidos a recursos provenientes de operaciones o contratos con Organismos Financieros Internacionales se dará cumplimiento a las normas establecidas en cada contrato de préstamo, y supletoriamente a la legislación local".