El Gobierno envió al Congreso un proyecto de ley por el cual los monotributistas que facturaron hasta 25% por encima del límite previsto, no serán pasados este año al régimen general. Asimismo, busca otorgar facilidades para aliviar el cumplimiento de los pagos.
La iniciativa, que lleva las firmas del presidente, Alberto Fernández; el ministro de Economía, Martín Guzmán; y el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, será girada a la comisión de Presupuesto de la Cámara baja, para su tratamiento.
Las claves del proyecto
En los fundamentos, el proyecto propone "establecer distintos mecanismos para morigerar el impacto negativo" que tuvo la cuarentena en los monotributistas para beneficiar "a una significativa cantidad de pequeños y pequeñas contribuyentes que, de acuerdo con los parámetros vigentes, quedarían excluidos y excluidas con efecto retroactivo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en una situación extraordinaria".
Los cambios pretenden armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar las personas monotributistas.
Además. se contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020, que comenzarán a regir cuando se apruebe el proyecto. El texto fue elaborado por la AFIP y tiene por objeto aliviar la situación de quienes facturaron por encima del límite y por ello deberían pasar al régimen general. El texto busca aliviar la situación de quiénes facturaron por encima del límite y por ello deberían pasar al régimen general.
De esta manera, el proyecto que consta de 17 artículos, establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se estima que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021.
De acuerdo al texto, podrán deducir además en el primer año el 50 por ciento del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30 por ciento en el segundo y el 10 por ciento en el tercer año.