El Gobierno promulgó las modificaciones en Ganancias y Bienes Personales: qué cambia desde ahora

La modificación de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales, que establece medidas de incentivo de carácter tributario, comenzó a regir hoy a través de su publicación en el Boletín Oficial.

04 de agosto, 2021 | 12.06

La modificación de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales, que establece medidas de incentivo de carácter tributario, comenzó a regir este miércoles a través de su publicación en el Boletín Oficial. La normativa, que también modifica el impuesto sobre los Bienes Personales, fue aprobada el 2 de julio por la Cámara de Diputados, el 15 de julio tuvo la sanción definitiva del Senado y este miércoles fue promulgada por el Gobierno.

La Ley 27.638 exime de Ganancias a los intereses de los depósitos en pesos con cláusula de ajuste (por ejemplo, plazos fijos UVAs) y del rendimiento de las colocaciones en instrumentos emitidos en moneda nacional, destinados a fomentar la inversión productiva. Estos cambios se suman a los que ya se habían aprobado para los trabajadores en relación de dependencia, ya que se elevó el mínimo no imponible a quienes ganen más de 150.000 pesos mensuales.

En cuanto a los Bienes Personales, la iniciativa contempla la la exención para las obligaciones negociables emitidas por empresas argentinas, los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a inversión productiva y a la participación en fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, cuyo activo subyacente principal (compuesto de depósitos y bienes de capital) esté integrado en un 75% como mínimo.

Ese activo podrá estar constituido por títulos, bonos y demás títulos valores emitidos por la Nación, las provincias, las municipalidades y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; en depósitos en moneda argentina y extranjera a plazo fijo, en caja de ahorro o en cuentas especiales de ahorro; en obligaciones negociables emitidas en moneda nacional e instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva que establezca el Poder Ejecutivo nacional.

No se tendrá por cumplido ese 75% "si se produjera una modificación en la composición de los depósitos y bienes allí citados que los disminuyera por debajo de ese porcentaje, durante un período continuo o discontinuo de, como mínimo, 30 días en un año calendario o el equivalente a la proporción de días considerando el momento de ingreso al patrimonio de las cuotapartes o certificados de participación o valores representativos de deuda fiduciaria hasta el 31 de diciembre", según el texto aprobado por el Congreso.

La modificación a ambos impuestos fue impulsada por el Gobierno, que mandó un proyecto de ley al Congreso en octubre de 2020 para incorporar de nuevas exenciones, con vigencia a partir del período fiscal 2021, con el objetivo de incentivar mediante la política fiscal las inversiones en moneda nacional.

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