La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió, hasta el 31 de diciembre próximo, el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.
La medida, prevista en la Resolución General 5101/2021 que puso en marcha los beneficios y herramientas de la ley de alivio fiscal, suspende para el universo de empresas beneficiadas la traba de embargos sobre fondos y valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar.
La Resolución General mantiene habilitada la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el aporte solidario y extraordinario que no cumplieron con sus obligaciones. La normativa también contempla la posibilidad de avanzar con reclamos referidos al Impuesto sobre los Bienes Personales.
La medida de la AFIP ofrece un instrumento adicional para que las mipymes, así como las firmas que desarrollan actividades críticas, puedan amortiguar los efectos económicos de la pandemia sobre los contribuyentes.
El organismo dispuso que hasta el 31 de enero de 2022 no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) de las y los contribuyentes, al momento de tramitar planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
La medida habilita a las y los contribuyentes que lo soliciten la posibilidad de regularizar sus obligaciones de Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin verse condicionadas por su perfil de riesgo.
El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto", categoría E. El Siper es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.
Esta semana el ente recaudador también habilitó la adhesión a la moratoria prevista en la ley de alivio fiscal. Pymes, comerciantes, profesionales, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas.
La moratoria forma parte de los beneficios previstos en la ley para apuntalar el proceso de recuperación económica. La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 15 de marzo de 2022. La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022. Según el tipo de contribuyente se podrán acceder a distintos tipos de planes.