Tal como adelantó este martes el ministro de Economía, Luis Caputo, el Gobierno estableció un dólar oficial de 800 pesos, con un ajuste estimado que será del 2 por ciento mensual. Asimismo, se elevó a 17,5% el impuesto PAIS, llevando el dólar importador a $ 940 (dólar oficial mas 17,5 por ciento del Impuesto PAIS). Este es el tipo de cambio al que accederán los importadores.
Por su parte, los dólares para exportación tendrán una retención del 15 por ciento (80 por ciento del mercado oficial y 20 por ciento del contado con liquidación) quedando en un valor 860 pesos, mientras que el dólar tarjeta se ubicará en 1320 pesos (30 por ciento Impuesto PAIS -antes el 25 por ciento- y 35 por ciento Impuesto a las ganancias y se elimina Bienes Personales). A valores actuales, se hubiese ubicado en 2040 pesos el dólar tarjeta. En tanto, la soja queda con el 30 por ciento de retenciones.
"Se torna necesario profundizar los incentivos a la inversión nacional que estimulen la producción y la realización de actividades económicas en el país, garantizando un sendero fiscal sostenible", justifica la medida firmada por el ministro Caputo y el presidente Javier Milei publicada en el Boletìn Oficial esta mañana.
En la resolución se sustituyen así los valores para la adquisición en el exterior de los servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de importación o exportación de bienes, o su adquisición en el país cuando sean prestados por no residentes, identificados con el Código del Régimen Informativo Contable Mensual para Operaciones de Cambio.
También incluiría em el gravamen la importación de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.), a excepción de: (i) aquellas cuyas posiciones arancelarias estén incluidas en el inciso b) del primer párrafo de este artículo o se trate de las siguientes: 2710.12.59, 2710.19.21, 2710.19.29, 2710.19.31, 2710.19.32, 2713.20.00, 3811.21.10, 3811.21.50, y 3811.90.90; (ii) insumos y bienes intermedios vinculados en forma directa a productos de la canasta básica alimentaria conforme lo establezca el Ministerio de Economía, a través de las Secretarías con competencia en la materia y de la AFIP; y (iii) otros bienes vinculados a la generación de energía, en los términos que establezca la Secretaría de Energía. .
"A los fines de este inciso, el impuesto al que hace referencia el artículo 35 de la ley se determinará sobre el monto total de la operatoria por la que se compren billetes y divisas en moneda extranjera, no debiendo considerarse a estos efectos, de corresponder, el importe de los servicios que resulten alcanzados por el gravamen de conformidad a lo previsto en los incisos c) y d) de este artículo", señala la medida.
El anuncio de las medidas
En su discurso, que se dilató por más de dos horas, el ministro de Economía Luis Caputo aseguró que se iba a "sincerar el tipo de cambio oficial". "El tipo de cambio oficial va a pasar a valer 800 pesos, para que los sectores productivos tengan realmente los incentivos adecuados para aumentar la producción. Esto va a estar acompañado por un aumento provisorio del impuesto país a las importaciones y a las retenciones de las exportaciones no agropecuarias. De esta manera, beneficiamos a los exportadores con un mejor precio y equiparamos la carga fiscal para todos los sectores, dejando de discriminar al sector agropecuario", aseguró el titular del Palacio de Hacienda.
"Finalizada la emergencia, vamos a avanzar en la eliminación de todos los derechos de exportación, que consideramos un gravamen perverso que entorpece el desarrollo argentino. Y reemplazaremos el sistema SIRA de importaciones por un sistema estadístico y de información que no requerirá de la aprobación de licencias. Se termina así la discrecionalidad y se garantiza la transparencia del proceso de aprobación de las importaciones. El que quiera importar, ahora podrá hacerlo, y punto", agregó Caputo.