La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la extensión hasta el 16 de abril del plazo para que los contribuyentes alcanzados por el Impuesto a las Grandes Fortunas puedan reunir la documentación de respaldo y paguen el impuesto.
MÁS INFO
A través de la Resolución General N°4954 publicada en el Boletín Oficial se extendió dos semanas los plazos previstos originalmente por la AFIP que los contribuyentes alcanzados por el impuesto a las grandes fortunas realicen el pago correspondiente.
En las últimas semanas, desde distintas entidades empresarias como la UIA, la Cámara de la Construcción y la Cámara de Comercio solicitaron una prórroga del plazo. Finalmente, la decisión de la AFIP se tomó con el objetivo de garantizar que los contribuyentes alcanzados puedan reunir la documentación e información de respaldo necesarias para la determinación del impuesto a las grandes fortunas.
Quiénes deben pagar el aporte
El impuesto a las grandes fortunas alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de $200 millones de pesos.
Según la AFIP, abarca a unas 13 mil personas, que deben abonar por única vez un 2% de sus patrimonios si declaran bienes por más de 200 millones de pesos. Esa tasa se eleva al 2,25% en casos bienes por entre 300 y 400 millones de pesos; 2,50% entre 400 y 600 millones y 2,75% de 600 a 800 millones. Subirá al 3% cuando los patrimonios sean de entre 800 millones y 1.500 millones de pesos, al 3,25% de 1.500 a 3.000 millones de pesos y a partir de esa cifra, será del 3,5%.
La fecha para la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley 27.605, es decir el 18 de diciembre de 2020.
Para qué se usarán los fondos del aporte
La asignación de los fondos recaudados por el Aporte solidario y extraordinario se realizará en un 20% para la compra o elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos, vacunas y todo otro insumo crítico para la prevención y asistencia sanitaria.
También habrá un 20% para subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas, con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores. Otro 20% irá destinado al programa integral de becas Progresar, para reforzar este programa que acompaña a las y los estudiantes con un incentivo económico y un importante estímulo personal en todos los niveles de formación durante su trayectoria educativa y/o académica.
A su vez, un 15% será para el Fondo de Integración Socio Urbana, enfocado en la mejora de la salud y de las condiciones habitacionales de los habitantes de los barrios populares. Y, por último, un 25% a programas y proyectos que apruebe la Secretaría de Energía de la Nación, de exploración, desarrollo y producción de gas natural.