Eliminación del impuesto a las Ganancias: qué dice la ley sancionada en el Senado

Cómo calcula el nuevo monto del mínimo no imponible y cuál será la alícuota. El máximo de deducción que establece la nueva ley.

28 de septiembre, 2023 | 19.34

El oficialismo logró convertir en ley la derogación de la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias, en el marco de la sesión iniciada este jueves por la tarde en el Senado.

El proyecto en cuestión recibió media sanción en la Cámara de Diputados hace dos martes y el jueves pasado obtuvo dictamen de mayoría en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara alta, hasta que fue finalmente aprobado y convertido en ley por la Cámara alta.

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Los puntos principales de la ley que eliminó el impuesto a las Ganancias para trabajadores

La iniciativa enviada por el ministro de Economía, Sergio Massa, reforma el impuesto a las Ganancias al crear un nuevo gravamen sobre los ingresos a partir de un monto equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), con una alícuota progresiva sobre el excedente que va del 27% al 35%, que se actualizará de manera semestral en base a la evolución del SMVM.

Nuevo impuesto cedular sobre los mayores ingresos

Los puntos principales del proyecto contemplan además la creación de un nuevo "impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros".

Deducción de Ganancias para mayores ingresos

De esta forma, quienes obtengan los mayores ingresos tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos al año.

Esto involucra tanto a funcionarios públicos como a trabajadores en relación de dependencia y jubilados y pensionados. En todos los casos, se trata solo de quienes obtengan los mayores ingresos para estos sectores.

En el caso de los mayores haberes a 15 salarios mínimos vitales y móviles, las alícuotas irán desde el 27% hasta el 35%.

Período fiscal

El proyecto también determina que se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero y que la actualización será el 1 de julio de cada año fiscal.

Además, prevé que las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.

Régimen especial para la Patagonia

Por último, la iniciativa estipula que en el caso de los trabajadores en relación de dependencia y para jubilados y pensionados comprendidos en el impuesto que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones, en Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.

Con información de Télam