La AFIP actualiza condiciones del impuesto a las ganancias para empresas

El texto expresa la necesidad de actualizar y aprobar una nueva versión del programa aplicativo utilizado para las declaraciones juradas teniendo en cuenta el ajuste por inflación.

05 de marzo, 2024 | 12.21

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió este martes la Resolución General 5489, publicada en el Boletín Oficial, en la que establece nuevos requisitos, plazos y condiciones para los contribuyentes y/o responsables bajo ciertas secciones específicas de la Ley de Impuesto a las Ganancias: sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros, que practiquen balance comercial.


La actualización o modificación propuesta en esta versión, según consigna la normativa, implica mejoras en el programa aplicativo utilizado para las declaraciones juradas, específicamente la apertura del dato correspondiente al "Ajuste por Inflación" en los campos "Ajuste Estático" y "Ajuste Dinámico". También menciona la actualización de los montos de la escala del artículo 73 de la ley del gravamen.

La normativa se centra en los contribuyentes que deben llevar un sistema contable que les permita confeccionar balances en forma comercial, y esto es fundamental para la determinación e ingreso del impuesto a las ganancias, sostiene el texto oficial. La intervención de diversas entidades, como la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Fiscalización y Sistemas y Telecomunicaciones, sugiere un proceso de revisión y aprobación por parte de diferentes áreas antes de la emisión de esta norma.

En términos generales, el texto expresa la necesidad de actualizar y aprobar una nueva versión del programa aplicativo utilizado para las declaraciones juradas relacionadas con el impuesto a las ganancias, incorporando ajustes y modificaciones específicas.

El texto oficial sostiene que la medida tiene como objetivo principal regular el uso obligatorio de un programa aplicativo específico para la determinación del impuesto a las ganancias, detallando el proceso de descarga, proporcionando información adicional relevante, estableciendo la entrada en vigencia y el ámbito de aplicación. Con estas disposiciones, se busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y promover la transparencia en el proceso tributario.

Ganancias y gobernadores

El Gobierno confirmó que presentará un proyecto para la restitución del Impuesto a las Ganancias. La ratificación fue expresada por el ministro del Interior, Guillermo Francos, quien sostuvo que es un pedido “de los gobernadores” para poder empezar a “solucionar sus problemas fiscales”. En cuanto al Pacto de Mayo, aseguró que “es un objetivo de mucha más trascendencia” que todas las discusiones que haya de por medio. 

Cabe mencionar, que en septiembre pasado se había eliminado la cuarta categoría de Ganancias, lo que eximía del pago del tributo a más de 800.000 contribuyentes. La ley sancionada por el Congreso elevaba el piso del mínimo no imponible para trabajadores y jubilados que perciban 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM), el cual asciende en la actualidad a $202.800.

El funcionario también hizo referencia a una de las polémicas que arrojó el discurso del presidente Javier Milei, en el Congreso de la Nación, al manifestar la importancia de la aprobación de la Ley Bases. “El Pacto de Mayo es un objetivo de mucha más trascendencia que todo lo que tengamos en el medio. Creo que en ese camino los gobernadores y el Gobierno nacional se van a poner de acuerdo en solucionar los problemas que tienen las provincias y la Nación”, manifestó Francos.

 

LA FERIA DE EL DESTAPE ►