En dos meses la cantidad de trabajadores y jubilados alcanzados por el impuesto a las Ganancias se incrementó en 14 por ciento (104.914 nuevos contribuyentes retenidos por el gravamen). En una nueva carta enviada al ministro de Economía, Martín Guzmán, el presidente de la cámara de Diputados, Sergio Massa, volvió a solicitar una suba del mínimo no imponible para el pago del impuesto a las ganancias e informa que el universo alcanzado pasó de 742.964 personas en febrero a 847.878 en abril.
El incremento responde a la escalada de precios de la economía, que busca ser compensado con revisiones paritarias para incrementar la nominalidad de los salarios y que no pierdan poder adquisitivo. Esas subas salariales lleva a que más contribuyentes queden alcanzados por Ganancias, lo que termina absorbiendo la mejora salarial.
La Ley aprobada por el Congreso en abril del 2021 permite considerar las nuevas pautas salariales y faculta al Gobierno a través de un decreto a actualizar el "piso" con el objetivo de acompañar el alivio fiscal de los trabajadores con los incrementos salariales que se acuerden en paritarias. Originalmente, en 2021, el piso salarial era de 150.000 pesos y luego ajustado a 175.000. Esto permitió que 1,5 millones de trabajadores dejaran de pagar el Impuesto a las Ganancias, de los cuales un 10 por ciento ya volvió a ingresar, salvo que se eleve nuevamente el piso.
A quiénes alcanza
Actualmente, todo trabajador en relación de dependencia cuyo ingreso el mismo se encuentra actualmente en 175.000 pesos y 203.000 pesos dependiendo del caso. Esto se da debido a que existe un umbral puesto para las personas que comienzan a pagar ganancias por alcanzar el mínimo con el cual se evita que paguen más impuestos que el aumento recibido.
Las personas que cobren entre ambos valores pagarán un porcentaje reducido del impuesto, mientras que a partir de los 203.000 pesos se comienza a pagar el tributo de forma normal. El cálculo del Impuesto a las Ganancias es diferente para los jubilados y pensionados, con el mismo alcanzando solamente a las personas que perciban un mínimo de ocho jubilaciones básicas. Con esto en mente, solamente pagan ganancias los jubilados o pensionados que cobren desde 184.517,60 pesos.
En cuanto a cómo se realiza el pago del Impuesto a las Ganancias, el mismo suele ser liquidado anualmente, mientras que se da la posibilidad de realizar pagos mensuales sobre este concepto.
Para los empleados y personas que realizan trabajos personales, el pago del mismo queda bajo la responsabilidad de su Agente de Retención. Los Agentes de Retención del Impuesto a las Ganancias son aquellas personas responsables de retener parte del ingreso de una persona que debe pagar ese impuesto perteneciendo a la cuarta categoría (trabajo personal) para poder realizar los pagos anuales del mismo.
Cuáles son las deducciones vigentes
Cargas de familia [Artículo 30, inciso b)]
1. Cónyuge / Unión convivencial: 235.457,25 pesos anual.
2. Hijo: 118.741,97 pesos anual
3 . Hijo incapacitado para el trabajo: 237.483,94 pesos anual.
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 1]: 505.129,66 pesos anual.
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 1 “nuevos profesionales/emprendedores”]: 631.412,12 pesos anual.
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 2]: 1.212.311,24 pesos anual.