Impuesto a las Ganancias: el mínimo no imponible que propone el Gobierno es del $ 1.500.000

De la iniciativa del oficialismo para Ganancias surge el nuevo piso para un trabajador con o sin hijos, escalas progresivas y la actualización por IPC.

10 de abril, 2024 | 12.37

El Gobierno presentó el nuevo proyecto de Ley Ómnibus, en el cual se incluye el nuevo piso para el impuesto a las Ganancias para un trabajador con o sin hijos, escalas progresivas y la actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Según surge de los cambios en el nuevo proyecto que se tratará en el Congreso, con la actualización por inflación de octubre último sobre las escalas vigentes hasta septiembre de 2023, el mínimo no imponible para un soltero será de 1.800.000 pesos de ingreso bruto, equivalente a 1.494.000 pesos netos; mientras que para un casado con dos hijos el piso será de 2.300.000 pesos brutos (1.981.278 pesos netos).

 

Otra de las novedades que traería el Impuesto a los Ingresos Personales, tal como se denominará si se aprueba el proyecto en el Congreso, es que su actualización sería por IPC, es decir mediante una fórmula atada a la inflación. 

"Los montos previstos en este artículo se ajustarán anualmente, a partir del año fiscal 2025, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior", detalla la normativa.

El proyecto había generado mucha incertidumbre, especialmente entre los asalariados, dado que muchos que actualmente no pagaban ahora quedarán incluidos por el impuesto. Uno de los puntos más discutidos es el nuevo mínimo no imponible para empleados solteros. Respecto de la actualización, tanto de los montos que definen el llamado mínimo no imponible como de los valores de la tabla de alícuotas, el proyecto contempla un mecanismo de frecuencia anual y según la inflación interanual al mes de octubre.

Dada la inflación de octubre último, la propuesta de mínimo no imponible es diferente a lo que se había planteado en el proyecto original en enero último, donde se incluían actualizaciones trimestrales, que implicaba un piso de 1.200.000 pesos para un soltero.

En cuanto a la deducción por cónyuge, de aprobarse la iniciativa, la propuesta establece que la persona no deberá tener ingresos propios o bien, en caso de contar con ellos, no deben superar los 3.091.035 pesos por todo concepto este año.

La ley propuesta busca además eliminar exenciones existentes en la legislación actual, como la exención impositiva para diferencias entre horas extras y ordinarias en determinados casos laborales. Se mantienen deducciones por gastos específicos, como atención médica o alquileres, lo que busca diferenciar la situación de las personas frente al impuesto según sus circunstancias familiares y gastos personales.

"El actual diseño de la norma propuesta tiene por fin evitar situaciones en las cuales exista un desincentivo a incrementar el resultado de la actividad económica por temor a sufrir una carga impositiva adicional que anule dicho mayor ingreso", argumenta el capítulo impositivo del proyecto de ley.