El debate sobre el impuesto a las ganancias en Argentina ha tomado un nuevo giro con el reciente proyecto de "Ley de Impuesto a los Ingresos Personales" impulsado por el Gobierno de Javier Milei. Esta medida, que propone importantes cambios en el mínimo no imponible, ha generado una serie de interrogantes especialmente en los más de 800.000 trabajadores que volverían a tributar este impuesto.
En este artículo, te contamos las modificaciones previstas en el proyecto de ley y cómo afectarán el cálculo del impuesto, proporcionando una perspectiva clara sobre el nuevo panorama fiscal que enfrentarán los trabajadores argentinos.
¿Cuáles son las modificaciones al impuesto a las ganancias previstas en el proyecto de ley de Milei?
El Gobierno Nacional, bajo la administración de Javier Milei, ha presentado un proyecto que busca reinstaurar el Impuesto a las Ganancias para la IV Categoría. Esta iniciativa representa un cambio significativo en comparación con la reforma impulsada por Sergio Massa en el año anterior, la cual había eximido a aproximadamente 800.000 trabajadores de este tributo que volverían a pagarlo en caso de que se apruebe el nuevo proyecto. El apoyo previo de Milei y su equipo a la eliminación de esta categoría se ve ahora contrastado con su nueva propuesta, la cual responde en parte a las demandas de varias provincias que se vieron afectadas financieramente por la reforma pasada y que actualmente ven sus ingresos fuertemente restringidos por el ajuste.
El proyecto de ley introduce un aumento en el piso salarial para el pago del impuesto, estableciendo que los ingresos brutos superiores a $1.350.000 estarán sujetos al mismo. Además, se prevé una actualización trimestral de las escalas según el Índice de Precios al Consumidor (IPC), otorgando al Ejecutivo la facultad de modificar estos montos. Esta propuesta, de ser aprobada, hará que alrededor de 800.000 personas, que habían dejado de pagar este impuesto a finales del año pasado, vuelvan a estar obligadas a contribuir.
El envío del proyecto "Ley de impuesto a los Ingresos Personales" al Congreso se enmarca dentro de un contexto más amplio de negociaciones para la aprobación de la "ley ómnibus". El cambio en la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, no incluido anteriormente en la "Ley Bases", surge como resultado de las discusiones con los gobernadores provinciales y de la necesidad de reajustar las finanzas provinciales.
¿Cuál es el nuevo mínimo no imponible y cómo calcularlo?
El nuevo mínimo no imponible propuesto en el proyecto de ley se sitúa en salarios brutos mayores a $1.350.000. Este cambio implica que un número considerable de trabajadores que anteriormente estaban exentos, ahora deberán afrontar nuevamente el pago del impuesto a las Ganancias. Es crucial destacar que este monto no es fijo, ya que se ajustará trimestralmente basándose en el IPC publicado por el INDEC, lo que indica que los contribuyentes deberán estar atentos a estos ajustes para calcular correctamente su obligación tributaria.
Este ajuste trimestral del mínimo no imponible, sumado a la facultad del Poder Ejecutivo para modificar las escalas, introduce un factor de variabilidad que los contribuyentes deben tener en cuenta. Esto implica que los montos sujetos a impuestos podrían variar significativamente a lo largo del año, en función de la inflación y las decisiones gubernamentales. Por lo tanto, es fundamental que los contribuyentes realicen un seguimiento constante de estas actualizaciones para evitar sorpresas en sus obligaciones fiscales.