Energía adecua cupos a gasíferas para garantizar el abastecimiento de garrafas

25 de agosto, 2023 | 09.14

La Secretaría de Energía modificó los cupos, aportes y la reserva operativa de gas licuado de petróleo (GLP) butano, mezcla y propano para este año, en el marco del programa Hogar, que subsidia el valor de la garrafa a los hogares de menores ingresos.

La Resolución 698/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, encomienda además a la Subsecretaría de Hidrocarburos a que fiscalice que las fraccionadoras de gas cumplan con el promedio cuatrimestral de volumen vendido en los últimos tres años a las distribuidoras, tomando en consideración la estacionalidad de las ventas, así como las plantas donde fueron entregados los volúmenes.

Energía mantuvo en 711.218 las toneladas de gas butano que deberán aportar este año las empresas productoras al mercado interno, y aumentó de 18.568 a18.911 las de propano.

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En el caso del butano, también mantuvo en 79.024 las toneladas de reserva operativa, para evitar posibles situaciones de desabastecimiento o afrontar incrementos en la demanda en alguna región del país.

En ese marco, la normativa determina que YPF deberá proporcionar 190.947 toneladas de butano; Compañía Mega, 187.367; Transportadora Gas del Sur (TGS), 168.062; Pan American Energy (PAE), 60.876; Raizen Argentina, 39.975; Trafigura Argentina, 27.743; Refinería del Norte, 12.610; Medanito, 6.894; Capex, 6.828; Vista Oil & Gas, 5.016; y Pluspetrol, 4.900.

La resolución también aclara la estacionalidad de los aportes de cada firma: la entrega debe distribuirse en 197.388 toneladas para el cuatrimestre enero-abril, 295.686 para el actual periodo mayo-agosto; y 218.144 para septiembre-diciembre.

En el caso del propano, Compañía General de Combustibles tendrá que aportar 4.926 toneladas; Mega, 4.763; YPF, 4.256; Transportadora Gas del Sur (TGS), 4.231; Capex, 423; Vista Oil & Gas y Pluspetrol, 129 cada una; y la UTE encabezada por Rio Cullen Las Violetas, 54.

Estos aportes deberán repartirse en 5.451 toneladas para el pasado periodo enero-abril, 7.616 para el actual mayo-agosto; y 5.844 para septiembre-diciembre.

La ley 26.020 estableció el marco regulatorio para la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP).

Esta legislación tiene como objetivo esencial asegurar el suministro regular, confiable y económico de GLP a sectores sociales residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natural por redes.

Las modificaciones de hoy responden a un análisis realizado por el área técnica de la Dirección de Gas Licuado de la Subsecretaría de Hidrocarburos, donde se realizó una corrección en el cálculo del aporte de la empresa Medanito.

En marzo de 2015 se creó el Programa Hogares con Garrafas (Programa Hogar), y se estableció como objetivo para la regulación de la industria y comercialización de GLP garantizar el abastecimiento del mercado interno como también el acceso al producto a granel, por parte de los consumidores de dicho mercado, a precios que no superen los de paridad de exportación.

Para ello la autoridad de aplicación determina anualmente el volumen de producto que los productores deberán volcar al mercado interno para cubrir las necesidades de abastecimiento de garrafas de 10, 12 y 15 kilos para uso doméstico.

Con información de Télam