A partir de los cambios introducidos en el paquete fiscal aprobado por el Congreso junto a la Ley Bases, volverán a pagar el impuesto a las Ganancias 1,1 millones de trabajadores con alícuotas que van del 5 al 35 por ciento. El impuesto, con la reforma, alcanzará a trabajadores en relación de dependencia que ganan más de 1.660.000 pesos brutos mensuales (1.380.000 netos), en el caso de los solteros sin hijos, y más de 2.200.000 de pesos brutos (1.830.000 netos), para los casados con el cónyuge a cargo con dos hijos.
"La recaudación proyectada es de 2 billones de pesos, equivalente del 0,4 por ciento del PBI. En promedio, cada trabajador pagaría anualmente 1.800.000 pesos anuales, es decir 150.000 pesos mensuales", destaca un informe del Frente Renovador.
Los sectores más afectados son: industria aceitera (exportadores), bancarios, petroleros (no los afectados exclusivo a boca de pozo), transporte terrestre, marítimo y aéreo, personal de salud y patagónicos en general. En este contexto, la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles (FaSiPeGyBio) se declaró en "estado de alerta" y sus trabajadores amenazan con paro de actividades y movilizaciones a partir de agosto.
MÁS INFO
Mediante la ley 27.725, sancionada en octubre de 2023, se modificó el esquema con dos objetivos: reducir la presión fiscal sobre los trabajadores y jubilados y simplificar la mecánica de liquidación del impuesto. Con esta normativa vigente para mayores ingreso, solo pagan en la actualidad 160.000 empleados (CEOs, Gerentes, funcionarios públicos, jubilaciones y pensiones de privilegio).
El cambio en el impuesto incluído en el paquete fiscal aprobado en el Congreso vuelve al esquema anterior al 2021. El mínimo no imponible y las escalas del impuesto se actualizarán cada tres meses por la inflación en enero, abril, julio y octubre de cada año, pero recién a partir de enero de 2025. Esta actualización desde el año próximo implica que en 2024 terminan pagando el impuesto 2 millones de trabajadores.
Se dejan además sin efecto, entre otras, las siguientes exenciones, deducciones o exclusiones de la base imponible:
- Se elimina el tratamiento diferencial para las horas extras gravadas.
- La exención del bono por productividad, fallo de caja o conceptos similares (hasta 40 por ciento del mínimo no imponible).
- La exención de los suplementos particulares para el personal militar.
- La exención del Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).
- La exención para las remuneraciones en concepto de guardias para personal de salud.
- No será aplicable ningún tipo de exención o desgravación que se establezca por ley, excepto para los trabajadores petroleros pero limitado al personal de pozo, dejando fuera el beneficio a transportistas, cocineros, administrativos, profesionales, entre otros.
- El proyecto deroga el incremento del 22 por ciento en las deducciones para los trabajadores y jubilados que residen en la zona patagónica.