La AFIP realizó una campaña de fiscalización electrónica sobre 359 contribuyentes que omitieron declarar o sub declararon rentas en sus declaraciones juradas de Ganancias por un monto de 1000 millones de pesos. Las tareas de fiscalización y control tuvieron como base la información recibida por la Argentina correspondiente al período fiscal 2019, bajo la modalidad del Intercambio Automático de Información en materia tributaria.
La decisión se tomó en el marco de los convenios para evitar la doble imposición internacional y los Memorandos de Entendimiento que suscribió Argentina con otros países. Así, la AFIP detectó inconsistencias entre las rentas de fuente extranjera declaradas y las informadas por los organismos competentes de Australia, Canadá, Chile, Dinamarca, España, Finlandia, Italia, Noruega, Países Bajos, Reino Unido, Nueva Zelanda y Suecia.
A raíz de estas inconsistencias, el organismo generó las respectivas fiscalizaciones electrónicas a esos contribuyentes, a efectos de que incorporen las rentas del exterior omitidas en sus presentaciones de impuestos, según la información oficial.
Entendimiento EEU-Argentina
La AFIP estableció el mecanismo con el cual los bancos deberán informar anualmente la información fiscal de personas estadounidenses que posean cuentas en la Argentina. Lo dispuso a través de la Resolución General 5303/2022 publicada en el Boletín Oficial, que reglamenta el acuerdo firmado para intercambiar, de manera automática entre los dos países, los datos de ciudadanos argentinos o estadounidenses que tengan activos en la otra jurisdicción.
La reglamentación del Fatca (Foreign Account Tax Compliance Act o Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras) incorpora modificaciones a la resolución 4056 de mayo de 2017, sobre intercambio automático de información relativo a cuentas financieras en el marco del Convenio sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal.
El objetivo del acuerdo suscripto el 5 de diciembre es el de "desarticular eventuales maniobras de evasión y elusión fiscal por medio del ocultamiento o la subdeclaración de bienes", precisó el organismo recaudador. A partir de ahora, las entidades financieras argentinas tendrán que remitir una vez por año a la AFIP la identificación del titular de la cuenta, con su saldo o valor al finalizar el año calendario o al momento inmediatamente anterior si fue cerrada, y los intereses o dividendos obtenidos con esas inversiones.
Los procedimientos se diferencian según se trate o no de cuentas preexistentes a la fecha de entrada del acuerdo, si pertenecen a personas humanas o jurídicas, y el monto de los saldos.
La AFIP estableció que la información debe ser remitida por las entidades financieras hasta el 30 de junio del año siguiente al que corresponde el reporte, y de esta forma, el organismo enviará la información al Internal Revenue Service (IRS) como máximo hasta el 30 de septiembre de cada año. Asimismo, la AFIP recibirá de manera similar por parte de su par estadounidense la información fiscal relativa a argentinos que posean activos en ese país.