Ex ministro de Energía José Aranguren denunciado por abuso de autoridad

La denuncia del titular del organismo prevé reclusión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua por delitos previstos en el Código Penal 

21 de junio, 2020 | 16.58

El titular del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), Federico Bernal, informó que presentará una denuncia penal contra el ex ministro de Energía Juan José Aranguren y otros funcionarios de la gestión anterior por abuso de autoridad y responsabilidad penal en la contratación pública. En una nota dirigida al ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, el interventor del Enargas señaló que el ente a su cargo va a presentar una denuncia penal debido a que "los comportamientos verificados comportan una preliminar significación penal de, al menos, los delitos previstos en los artículos 248 y 265 del Código Penal".

La denuncia recaerá sobre Juan José Aranguren, ex ministro de Energía y Minería de la Nación; Mauricio Ezequiel Roitman, ex presidente del directorio del Enargas; Daniel Alberto Perrone, ex vicepresidente del directorio del Enargas; y Diego Guichon, ex director de Enargas. También comprenderá a Marcos Pourteau, ex subsecretario de Recursos Hidrocarburíferos del Ministerio de Energía y Minería; Carlos Casares ex director de Enargas; Griselda Lambertini, ex directora de Enargas; y Marcela Paula Valdez ex gerenta de Legales de Enargas.

"Todos ellos, ex funcionarios públicos que otrora condujeran el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y el entonces Ministerio de Energía de la Nación; denuncia que se dirige también contra todas aquellas personas que eventualmente se identifiquen como penalmente responsables de los hechos que se pesquisarán por la justicia", precisó la nota enviada al titular de la cartera de Desarrollo Productivo.

El artículo 248 del Código Penal estipula que será sancionado con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere. 

En el artículo 265 dispone que será reprimido con reclusión o de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, al funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero en cualquier contrato u operación en que intervenga por razón de su cargo.

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