En un marco de crisis sanitaria, con impacto social y económico sin precedentes, la AFIP dispuso una serie de medidas para aliviar la situación de los contribuyentes, entre las que se encuentra la suspensión de las ejecuciones fiscales a deudores. Las ejecuciones fiscales estuvieron suspendidas durante 19 meses para amortiguar los efectos económicos del COVID-19. En simultáneo, lanzó moratorias para regularizar esa situación. El mes próximo el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont pone fin a la suspensión de las ejecuciones y avanzará gradualmente con éstas comenzando por los contribuyentes con mayor volumen de compromisos ante el Fisco.
De acuerdo con cálculos oficiales, se trata de un universo de 100 mil contribuyentes morosos que deben cerca de 160 mil millones de pesos. "Antes de la instancia de ejecución fueron intimados en reiteradas oportunidades", señalaron fuentes del ente recaudador. El mecanismo de las ejecuciones comienza en febrero con contribuyentes riesgosos que acumularon las deudas más significativas. De todos modos, se les dará una última oportunidad para regularizar deudas a través de la moratoria y los planes permanentes de pagos.
En línea con el proceso de recuperación económica que experimenta la Argentina y con el objetivo de proteger el interés fiscal, el organismo avanzará en forma gradual con las ejecuciones fiscales. Entre los intimados, se encuentras contribuyentes que antes o después de la pandemia no usaron ninguna de las herramientas disponibles para regularizar su situación; con lo cual no pueden aducir que son víctimas de la pandemia.
La situación no es novedosa para los contribuyentes intimados. Desde la AFIP enfatizaron que, a lo largo del último año y medio, todos ellos fueron notificados en reiteradas oportunidades sobre su situación a través del Domicilio Fiscal Electrónico. "El gobierno puso a disposición distintas herramientas para facilitar la regularización de deudas impagas", señalaron fuentes oficiales.
Por tal motivo, antes de comenzar con el proceso formal de las ejecuciones fiscales, la AFIP realizó una nueva comunicación con ese universo de contribuyentes para informarles sobre las herramientas disponibles.
“Le recordamos que el 31 de enero de 2022 finaliza el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales dispuesto como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia del COVID-19. Por ello, a partir del 1 de febrero de 2022 su deuda estará en condiciones de ser ejecutada judicialmente”, sostiene la inducción remitida por la AFIP.
¿Qué herramientas existen para regularizar las deudas vencidas?
● Moratoria-Ley de Alivio Fiscal: Permite regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas al 31 de agosto de 2021, así como las infracciones relacionadas a dichas deudas. La moratoria ofrece la posibilidad de cancelar las deudas en hasta 120 cuotas. La adhesión está habilitada hasta el 15 de marzo de 2022.
● Plan de Facilidades de Pago Permanente: Permite regularizar las obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas con posterioridad al 31 de agosto de 2021. El plan contempla un máximo de 8 cuotas y la posibilidad de que cada contribuyente elabore 6 planes.