La Secretaría de Bioeconomía excluyó a un grupo de diez productos de economía regionales de presentar declaraciones juradas de exportación. De acuerdo con la Resolución 50 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el objetivo es "reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impidan su normal desarrollo, promoviendo una mayor inserción en el comercio mundial e indicando, además, la necesidad de eliminar el registro de exportadores e importadores y facilitar las operaciones de comercio exterior".
La cartera comandada por Fernando Vilella, argumenta que, como consecuencia de la dinámica de los mercados y las capacidades de oferta del país, "algunos productos adquieren una importancia significativa en el comercio exterior, mientras que otros, revisten menor relevancia para las exportaciones nacionales" y que por eso se elimina la obligatoriedad del registro de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE).
La resolución aclara que la apertura es a partir del dictado del DNU 70 de diciembre último, que, sostiene la medida publica este miércoles, "tiene como objetivo de reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impidan su normal desarrollo, promoviendo una mayor inserción en el comercio mundial e indicando, además, la necesidad de eliminar el registro de exportadores e importadores y facilitar las operaciones de comercio exterior".
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Los productos contemplados
"El Informe técnico de la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios y Relaciones Internacionales de la Secretaría de Bioeconomía del Ministerio de Economía brinda las razones por las cuales se amerita la eliminación del referido régimen de registración para los productos individualizados", señala la Resolución.
- Arvejas
- Garbanzos
- Porotos
- Lentejas
- Arroz
- Cacahuate o maní
- Aceite de maíz
- Maíz Pisingallo
- Afrecho y afrechillo de trigo
- Pellets, de afrecho y afrechillo
"Como consecuencia de la dinámica de los mercados y las capacidades de oferta en nuestro país, algunos productos adquieren una importancia significativa en el comercio exterior, mientras que otros, revisten menor relevancia para las exportaciones nacionales, advierte la medida para justifica que "resulta necesario la eliminación de la obligatoriedad del registro de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) para aquellos productos que forman parte integrante de la presente medida, con la finalidad de simplificar los procesos de tales operaciones".