El Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (Impuesto PAIS) fue creado en 2019 por el Gobierno de Alberto Fernández, aplicado como un impuesto de emergencia en ciertas operaciones y que se aplica a las operaciones de compra de moneda extranjera para atesoramiento. El objetivo principal es desincentivar la compra y gastos en moneda extranjera como el dólar debido a su escasez.
Asimismo, se busca reducir el consumo de moneda extranjera durante un período de cinco períodos fiscales. El cálculo del impuesto se realiza tomando como base el valor del dólar oficial a la fecha del consumo en el caso de las transacciones con tarjeta de débito, o a la fecha de cierre del resumen para las transacciones con tarjetas de crédito.
¿Cuánto es el impuesto PAÍS?
Según la información oficial, el impuesto es de 35% de la operación en la cual se toma como base el valor del dólar oficial a la fecha del consumo, al menos en el caso de la tarjeta de débito, o a la fecha de cierre del resumen para las tarjetas de crédito.
¿Cuáles son las operaciones alcanzadas?
A continuación, te contamos cuales son las operaciones que tendrán este impuesto.
- Compra de moneda extranjera para ahorro, incluidos los cheques al viajero. No se paga el impuesto en el caso de pago de deudas y obligaciones.
- Compras con tarjetas de crédito y débito, estas últimas cuando la cuenta de la cual se debiten los fondos sea en pesos argentinos.
- Pagos de bienes o servicios en el exterior con tarjetas de crédito, o débito en el caso de pesos, y extracciones de moneda extranjera cuando sean de una cuenta en pesos.
- Pago de servicios de transporte al exterior, excepto los que son a países limítrofes.
Las excepciones
Estas son las operaciones que el impuesto PAIS no afecta.
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Los gastos referidos a prestaciones de salud y/o medicamentos.
- Los gastos asociados a proyectos de investigación, siempre que sean efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del estado nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Compras en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de las entidades reconocidas en la Ley del bombero voluntario, fuerzas de seguridad y entidades sin fines de lucro.
- Compras de pasajes para viajes a países limítrofes, siempre que sea por vía terrestre.
- Compra de servicios de transporte de pasajeros con destino a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur.
- Compra de moneda extranjera, por personas humanas, que residan en el país con dinero proveniente de un crédito hipotecario, ya sea proveniente del Programa Procrear o de instituciones financieras locales, con destino a la vivienda única, familiar y de ocupación permanente. El monto excluido es del máximo número proveniente del préstamo o u$s100.000, el que resulte menor.