En el marco de la agenda de regularización del mercado secundario que la Comisión Nacional de Valores (CNV) viene llevando adelante, el organismo dispuso este lunes una serie de medidas relativas a los plazos de permanencia para la liquidación de valores negociables y a la participación de los comitentes en el segmento de prioridad precio-tiempo, respecto de las operaciones concertadas con liquidación en jurisdicción extranjera. La medida entrará en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.
La entidad regulatoria dispuso así la reducción del llamado "parking" o plazo de tenencia obligatoria de un título público para su venta en dólares a solo un día para el caso del dólar MEP, también llamado dólar Bolsa. Y, por su parte, aplicaron un cupo semanal al CCL (contado con liquidacion) que rige para todo el mundo, pero afecta sobre todo a empresas y grandes patrimonios. Esta medida implica que no pueden superar un saldo neto vendedor (lo que implica una compra de divisas) por 100 mil nominales. Si la superan, tienen que comprar títulos públicos (equivalente a una venta de dólares) por la diferencia.
La operación de dólar bursátil implica la compra de un bono o acción en pesos para su venta en el exterior en dólares. Para desestimular esta operatoria el equipo económico había ampliado los plazos de permanencia entre la primera y segunda instancia, lo que aumentaba el riesgo --y, por ende, el costo--de esa forma de dolarizarse. Con un mercado más estabilizado, el Gobierno relaja los controles.
"Fue dispuesta con el propósito de optimizar el esquema normativo vigente, atento a la volatilidad observada en la negociación de activos en pesos y en dólares, para una mejor integración de los distintos segmentos de negociación del mercado de capitales y con el objetivo de contener riesgos sistémicos y brindar estabilidad de precios en la operatoria regular de valores negociables, en el marco de la política económica actual", señaló la CNV en un comunicado oficial.
La primera medida implica la disminución del plazo de permanencia de dos a un día hábil para personas humanas y jurídicas que compran un activo en pesos y luego lo venden con liquidación en dólar MEP. También se disminuye el plazo de permanencia de dos a un día hábil para personas humanas y jurídicas que realizan una Transferencia Receptora y luego venden el valor negociable con liquidación en dólar MEP.
De forma transitoria y excepcional, las cuentas de los comitentes no incluidos en el concepto de carteras propias de los ALyCs, para el conjunto de valores negociables de renta fija soberanos nominados y pagaderos en dólares estadounidenses bajo ley local, en el segmento de interferencia de ofertas con prioridad precio tiempo, deberán limitar sus posiciones vendedoras netas a 100.000 nominales semanales cuando se trate de operaciones con liquidación Cable.
"Respecto de esta última medida es importante destacar que la referida operatoria podrá realizarse bajo los parámetros habituales en el segmento de negociación bilateral o con títulos valores distintos a los mencionados", señala la entidad.