El Gobierno formalizó la aplicación del impuesto PAIS a la compra de divisas para la importación de una serie de bienes y servicios, a través del decreto 377/2023 publicado este lunes en el Boletín Oficial. En paralelo, también se oficializó el aumento para el dólar agro, que pasará de 300 a 340 pesos para economías regionales y maíz.
Al contrario, todavía no se formalizó la aplicación de un 10% de impuesto extra al dólar ahorro o solidario, en concepto de percepción de Ganancias. Se espera que esto ocurra este mismo lunes por la tarde mediante una resolución general de la AFIP.
El nuevo impuesto PAIS a las importaciones de bienes y servicios
El decreto 377/2023 publicado este lunes en el Boletín Oficial oficializó el nuevo impuesto PAIS para la importación de bienes y servicios. El mismo precisó que no se grava la importación de los bienes y servicios, sino la compra de billetes para hacer esa operación, ya que quien tenga dólares podrá utilizarlos sin pagar este impuesto.
Así se generaliza el pago del impuesto PAIS del 25% para la compra de dólares destinados al pago de todos los servicios en el exterior, excepto fletes, que se aplicará una alícuota del 7,5%; salud y educación, que quedan exentos; y los recitales, que ya pagan 30%.
En este marco, el decreto establece cómo se deberá distribuir el incremental recaudado por los nuevos impuestos: el 65% se destinará al financiamiento de Programas a cargo de la Anses, el 5% cubrirá prestaciones del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) y un 30% de acuerdo a lo previsto en el artículo 2º del decreto Nº 184 del 26 de febrero de 2020.
El impuesto lo perciben los bancos al momento de que los importadores acceden al Mercado Libre de Cambios, y no se aplica si se paga con dólares propios.
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Además, un impuesto PAIS del 7,5% también se aplicará a la compra de dólares para la importación de bienes, pero no se aplica si se paga con dólares propios, excepto medicamentos y material para combatir el fuego, combustibles, lubricantes, vinculados a la generación de energía, y a la cadena de componentes de la canasta básica alimentaria.
Este impuesto se aplica sobre todas las importaciones, incluidas los ingresos a Zona Franca, y Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego. Por su parte, los bienes suntuarios siguen pagando 30% de impuesto.
Asimismo, no se aplica el impuesto a las importaciones temporales (como automotriz o el sector agrícola) siempre y cuando la venta del producto terminado sea previa a la compra del insumo. Por ejemplo, se tendrá que vender la camioneta antes de comprar las baterías.
El nuevo dólar agro a 340 pesos
Además, el Gobierno formalizó este lunes la decisión de aumentar de $ 300 a $ 340 el tipo de cambio diferencial para las exportaciones de economías regionales y maíz, hasta el 31 de agosto, a través del decreto 378/2023 publicado en el Boletín Oficial. El mismo modifica la tercera edición del Programa de Incremento Exportador (PIE) que se lanzó a principios de abril y el Gobierno destacó que lo hace “como una forma de mejorar los ingresos fiscales, afectados por la sequía”.
“Es necesario continuar la implementación de políticas que tiendan al fortalecimiento de las reservas del Banco Central (BCRA), estimulando la generación de ingresos genuinos del Estado nacional, producto de la exportación de mercaderías con baja incidencia en las cadenas de valor de abastecimiento nacional”, indicó el decreto.
Según estimaciones oficiales, los ingresos que podría liquidar el sector agrícola rondaría unos US$ 2.000 millones, con la aplicación de este tipo de cambio diferencial, cifra que incluye tanto a las economías regionales como al maíz.
Al respecto, el decreto subrayó que “el aumento en la oferta de divisas contribuye a aliviar el impacto negativo en las importaciones locales por la suba en los precios de combustibles y la energía que afecta severamente la disponibilidad de reservas externas, considerando el contexto internacional actual”.
Con información de Télam