Con el objetivo de evitar que dilaten la liquidación de sus ventas, las empresas mineras podrán suscribir una Letra Interna del Banco Central en pesos pagadera al tipo de cambio oficial y tasa cero. La suscripción será por el monto equivalente de la liquidación de divisas que realicen.
La decisión tomada por el Directorio del Banco Central autoriza la emisión y colocación de Letras Internas del BCRA orientadas al sector minero (LEMIN) denominadas en pesos y liquidables por el Tipo de Cambio de Referencia comunicación “A” 3500 a un plazo de 180 días a tasa cero, renovables por una letra de igual plazo a tasa cero.
Los tenedores de estas Letras también podrán optar por ejercer la opción de rescate total o parcial a partir del día 30 contado desde la fecha de suscripción.
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La medida acordada con el Ministerio de Desarrollo Productivo permite preservar el valor en pesos a las empresas que liquiden divisas producto de la exportación de bienes.
Las letras LEMIN podrán ser suscriptas por las empresas inscriptas en el Registro Fiscal de Actividades Mineras y comprendidas dentro de la Ley 24.196, siempre que estos hayan liquidado por el MULC el día de la suscripción ingresos por cobros, anticipos o prefinanciaciones de exportaciones de bienes del exterior por al menos el equivalente en moneda extranjera del importe a suscribir en pesos.