La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha facilitado el proceso de devolución de las percepciones abonadas en concepto de adelanto de Impuesto a las Ganancias por la compra de las distintas variantes del dólar y los gastos en moneda extranjera durante el 2023. Este procedimiento, esencial para recuperar fondos, es relevante para quienes realizaron estas operaciones entre enero y diciembre del año pasado y no están inscritos en ciertos impuestos.
Por eso, en este artículo te explicamos en detalle qué percepciones son susceptibles de reintegro y cómo realizar el trámite paso a paso.
¿Qué percepciones se pueden reintegrar por comprar dólar?
Durante 2023, los argentinos que adquirieron dólares o realizaron gastos en moneda extranjera con tarjeta se vieron sujetos a diversas percepciones fiscales. Entre estas, se destacan el 35% de adelanto al Impuesto a las Ganancias, que ahora puede ser solicitado para reintegro bajo ciertas condiciones. Los criterios para acceder a este reintegro incluyen no estar inscriptos en el impuesto a las ganancias o bienes personales, o estarlo bajo códigos específicos. Además, empleados en relación de dependencia, según su situación frente a retenciones de ganancias, pueden también solicitar la devolución.
La normativa ha sido compleja. Inicialmente, la compra de "dólar ahorro" implicaba un 65% de impuestos, dividido entre el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) y el adelanto de Ganancias. Sin embargo, la percepción por Ganancias aumentó al 45% en agosto. Similar situación ocurrió con el dólar "turista" o "Qatar", cuya carga tributaria alcanzó el 80% hasta julio de 2023, para luego unificar cotizaciones con el dólar "ahorro".
¿Cómo solicitar el reintegro en AFIP?
Para solicitar la devolución de las percepciones, los contribuyentes deben cumplir con ciertos requisitos previos. Es fundamental contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior, informar a la AFIP el CBU de la cuenta bancaria donde se desea recibir el reintegro y tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico. Una vez asegurados estos requisitos, se puede proceder con el trámite en línea.
El proceso comienza con el ingreso a la página web de la AFIP. Una vez dentro, se debe seleccionar el servicio “Devolución de percepciones” y, en caso de no estar habilitado, agregarlo desde “Mis Servicios”. El siguiente paso es seleccionar “Nuevo” dentro de “Devolución de percepciones” y especificar el período fiscal por el cual se realiza la solicitud. Luego, se visualizan y seleccionan las percepciones realizadas y reportadas por el agente de percepción. Si no aparecen, pueden ingresarse manualmente. Finalmente, se hace click en “Presentar”.
El reintegro de fondos puede demorar hasta 60 días, por lo que es recomendable realizar el trámite lo antes posible. La normativa y las percepciones han cambiado significativamente a lo largo del año, lo que justifica prestar especial atención al momento de solicitar la devolución.