La Cámara Federal de San Martín remarcó que el DNU de diciembre del 2023 tiene 16 títulos que aluden a desregulación económica, reforma del Estado, trabajo, comercio exterior, bioeconomía, minería, energía, aerocomercial, justicia, salud, comunicación, deportes, ley general de sociedades, turismo y registro automotor, que atañen a distintas materias.
El DNU 70 tiene 366 artículos que incluyen, entre sus variadas reformas, cambios al Código Civil y Comercial de la Nación, en lo relativo al régimen de las obligaciones, de los contratos en general y en particular. Modifica o deroga distintas normas.
Los cueveros argumentan que esa libertad de contratación entre las partes alcanza a la compraventa de divisas, que de esta forma ya no estaría sujeta a ningún control. Un Tribunal acaba de reafirmar que el régimen penal cambiario previsto en la ley 19.359 "en modo alguno aparece alcanzado por el texto ni el espíritu" del DNU 70.
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La defensa de siete acusados por infracciones cambiarias, es decir operar en cuevas sin habilitación del Banco Central, argumentó que ya no hay delito porque la libertad de contratación de las partes está garantizada por el decreto.
Como respuesta, la Justicia advierte que las facultades de control e investigación otorgadas al Banco Central respecto de la actividad y operaciones en el mercado de cambios no resultan alcanzadas en la actualidad por la disposición presidencial. Se reitera así una vez más que operar en el mercado de cambios sin habilitación fue, es y seguirá siendo delito.
La Cámara Federal de San Martín remarcó que el DNU de diciembre del 2023 tiene 16 títulos que aluden a desregulación económica, reforma del Estado, trabajo, comercio exterior, bioeconomía, minería, energía, aerocomercial, justicia, salud, comunicación, deportes, ley general de sociedades, turismo y registro automotor, que atañen a distintas materias. Incluye la modificación al Código Civil y Comercial de la Nación –régimen de las obligaciones, de los contratos en general y en particular-, con modificaciones y derogaciones de distintas normas.
"No debe soslayarse que las facultades de control e investigación otorgadas al Banco Central de la República Argentina respecto de la actividad y operaciones en el mercado de cambios" no resulta alcanzada por la norma en vigencia, señala el fallo que reproduce Iprofesional.