El Gobierno flexibilizó la cuarentena y autorizó actividades y servicios requeridos por las autoridades provinciales de tres provincias: Santa Cruz, Corrientes y Chubut. La medida fue informada esta mañana por decreto en el Boletín Oficial.
En Santa Cruz reabrirán restaurantes, confiterías y servicios de Delivery y Take Away (Comidas para llevar) y en Corrientes, gimnasios, bares y restaurantes. En cuanto a Chubut, se reanudará la circulación del transporte público de pasajeros interurbanos, en el trayecto que abarca entre las ciudades de Rada Tilly y Comodoro Rivadavia y de transporte público de pasajeros interurbanos, en el trayecto que abarca entre las ciudades de Esquel y Trevelin.
La situación epidemiológica en estas tres provincias se encuentra controlada pero para que se habilite el regreso a nuevos rubros se deberá respetar el protocolo establecido por el Ministerio de Salud.
Según se destacó en los distintos artículos, en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del COVID-19:
- Los desplazamientos de personas podrán ser únicamente para efectuar la actividad o servicio habilitado y con el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19.
-En cuanto a las empleadoras y los empleadores, deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del transporte público de pasajeros.
Igualmente, las excepciones otorgadas podrán ser dejadas sin efecto por los Gobernadores o la Gobernadora de forma parcial o total: "Deberán dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades y servicios, pudiendo limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios". Además, en forma semanal, la autoridad sanitaria provincial deberá remitir al Ministerio de Salud, un “Informe de Seguimiento Epidemiológico y Sanitario COVID-19”.