Provincia cuenta con una nueva moratoria para regularizar deudas contraídas en pandemia

La medida abarca a 3 millones de bonaerenses que, por la pandemia del coronavirus, se atrasaron en el pago de impuestos. Habrá quitas de hasta el 100%. La nueva ley forma parte de una de las iniciativas del Plan de Fortalecimiento Productivo para reactivar la provincia de Buenos Aires. 

23 de abril, 2021 | 18.40

El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, promulgó la nueva ley N°15.279 que crea un nuevo “régimen de regularización de deudas impositivas”, como medida “extraordinaria y especial” en el marco de la emergencia sanitaria producida por el COVID 19. La nueva ley fue enviada por el gobierno bonaerense y convertida en ley el martes pasado en la Cámara de Senadores bonaerense.

De esta forma se creó una nueva moratoria para la regularización de deudas de los contribuyentes y sus responsables solidarios, provenientes de los Impuestos Inmobiliario y los Automotores. Se prevé que podrán acogerse al régimen unos tres millones de bonaerenses. Las deudas que se comprenderán serán las registradas el año pasado y las vencidas durante el mismo 2020 que se encuentren en instancia prejudicial

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), durante el corriente ejercicio fiscal, establecerá la fecha límite para que los y las contribuyentes y las pymes puedan acogerse al régimen de regularización.

Según detalla la ley, “la regularización podrá realizarse en las modalidades de cancelación que se establezcan en la reglamentación, pudiendo contemplarse el pago en hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con o sin intereses de financiación de acuerdo al plan que hayan aceptado”. 

También podrán regularizar sus deudas los agentes de recaudación y sus responsables solidarios, provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término con relación a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos. 

Las pymes bonaerenses también podrán acogerse a la nueva moratoria, como así también aquellas empresas cuya actividad principal fuera declarada por el Ministerio de la Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica como afectadas por la emergencia sanitaria producida por el COVID-19.

En el caso de las Micro y Pequeñas empresas se les bonificará el 100% de los intereses de la deuda exigible desde la fecha de su vencimiento hasta la fecha de adhesión. A las Empresas Medianas, del Tramo 1 del cuadro que se exhibe en la nota, se les bonificará el 50% de los intereses de la deuda. 

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