El Gobierno nacional imputó a las aplicaciones de envío de alimentos por cláusulas abusivas e información engañosa. Si las encuentran responsables de violación a las leyes de defensa de los consumidores, las multas pueden ascender a los $ 5 millones. Esto se suma a los excesos que ejercen estas compañías contra los trabajadores y contra los comercios, a quienes más que les duplicaron las comisiones y les retienen los cobros por hasta dos meses, como reveló El Destape.
La Subsecretaría de Acciones para la Defensa de Consumidores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, procedió contra Rappi, Glovo y PedidosYa por incorporar en sus términos y condiciones cláusulas donde se deslindan de responsabilidades frente a los consumidores. Además, para acceder al servicio, los clientes desistan de derechos que son irrenunciables y se encuentran garantizados constitucionalmente.
Cuando alguien ingresa a Rappi y Glovo se acepta contratar al trabajador del delivery, en vez de a la empresa prestataria del servicio, lo que desde el Gobierno precisaron que es un contrato de mandato. De esta manera, las compañías buscan eludir todo tipo de responsabilidad por daños que pudieran ocasionarse en la relación de consumo. Glovo, además, exige la renuncia al derecho a revocación en productos no perecederos, lo que significa que los consumidores no pueden devolver el producto si no están satisfechos con la compra.
Peor aún, la empresa establece que cualquier reclamo y consigna deberá realizarse en los Tribunales de Barcelona o ante la Corte Española de Arbitraje de la Cámara de Comercio. Esto se encuentra prohibido por la legislación argentina, que exige que la jurisdicción sea idéntica a la zona de residencia del consumidor.
PedidosYa se deslinda en sus términos y condiciones de la responsabilidad por cualquier error que pudiera contener la plataforma y se reserva la potestad de dar de baja o rechazar a los usuarios sin expresar motivos. También presenta información confusa, por hacer referencia a instrumentos que no especifica.
"Este tipo de cláusulas de contratación vulneran los derechos de los consumidores, ya que la modalidad contractual establecida por las firmas implicaría una desnaturalización de sus obligaciones y limitaría su responsabilidad frente al consumidor por cualquier daño que se pudiera ocasionar durante el servicio que brindan", sentención el ministerio a cargo de Matías Kulfas.
La dependencia gubernamental les entregó una semana para presentar su defensa. Si se corrobora la infracción, las multas pueden llegar a los $5 millones.
Desde el inicio de la cuarentena, las aplicaciones de envío de alimentos se convirtieron en una necesidad para los comercios de las grandes ciudades y en una comodidad cada vez más recurrida para los consumidores. Por eso estas ventas se incrementaron más de 60% en el primer cuatrimestre y las compañías aprovecharon la situación para ejercer mayores abusos de oligopolio. Además de mantener su negativa a reconocer a sus trabajadores como empleados en relación de dependencia, más que duplicaron la comisión a los locales, que ahora puede superar el 35% y demoran hasta 60 días en girarle los pagos, lo que las habilita a practicar una bicicleta financiera multimillonaria.