Ante la situación de Emergencia Alimentaria que fue prorrogada hasta 2022, el Gobierno creó un programa de compensación económica para controlar el precio de los productos lácteos en supermercados, hipermercados, minimercados y a la venta por menor de estos.
La medida fue informada a través del Decreto 418 publicado esta mañana en el Boletín Oficial y destaca que "resulta necesario generar un efecto favorable en los precios destinados a la población".
En cuanto al monto de las compensaciones, se determinarán de dos maneras:
- Para las ventas de los alimentos lácteos que se encuentren gravadas por el Impuesto al Valor Agregado, será equivalente al porcentaje que determine el Ministerio de Desarrollo Productivo, del importe del crédito fiscal que resulte computable para el vendedor en los términos del artículo 12 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.
- Para las ventas de los alimentos lácteos que se encuentren exentas del Impuesto al Valor Agregado, será equivalente al Impuesto al Valor Agregado que se le haya facturado al beneficiario de esta compensación, por las adquisiciones de los referidos alimentos que haya destinado, efectivamente, a esas mismas ventas. En este caso, el monto de la compensación no podrá exceder el importe que surja de aplicar al precio neto de las ventas comprendidas en este inciso, en cada mes, determinado conforme al artículo 10 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.
El Ministerio de Desarrollo se encargará de establecer las formas, plazos y condiciones para que se lleve a cabo el procedimiento, según evidenció el decreto que lleva las firmas de Alberto Fernández, Santiago Cafiero, Matías Sebastián Kulfas y Martín Guzmán.