Ante las medidas adoptadas por la emergencia sanitaria declarada por el coronavirus, la AFIP resolvió que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante julio. El plazo vencía el 30 de junio, pero los imponderables de la pandemia prorrogaron los tiempos.
Con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, el organismo liderado por Mercedes Marcó del Pont también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a julio. La resolución será publicada en el Boletín Oficial y extenderá durante julio los beneficios vigentes desde marzo.
La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas. Sin embargo, el ente resolvió que julio no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas. Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen.
La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. Por ende, la AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en julio para proceder con exclusiones de oficio.