Juzgados de todo el país ya autorizaron más de 125 embargos de billeteras virtuales de criptomonedas luego de que la AFIP incorporó semanas atrás a estos activos al listado sobre los cuales poder trabar ejecuciones. Las decisiones de los magistrados implican la posibilidad de recupero fiscal de más de 43,7 millones de pesos.
En menos de un mes jueces y juezas de Tucumán, Catamarca, Santa Fe, San Juan, Salta, Jujuy, Chaco, Formosa, Misiones, Entre Ríos, Ciudad de Buenos Aires, Neuquén, Córdoba, Santa Cruz, Chubut y distintos distritos de la provincia de Buenos Aires autorizaron la solicitud del organismo para poder recuperar los montos adeudados a través de embargos a activos digitales.
Los embargos sobre contribuyentes morosos que la AFIP requiere a la justicia se concretaban, hasta ahora, sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros. El desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso llevó a la autoridad tributaria a incluir desde febrero a las cuentas digitales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas.
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Para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos la AFIP se abastece del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes, explicaron fuentes del segmento financiero.
La normativa de la AFIP no establece un orden de prelación sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas. No obstante, la práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias. Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar embargos sobre otros activos.
La AFIP informó a comienzos de febrero que identificó un universo de 9800 contribuyentes morosos para los que solicitará a la justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales.
Las ejecuciones de las deudas fiscales con la AFIP, el paso posterior a la traba de embargos, estuvieron suspendidas durante 19 meses como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia del COVID-19. A lo largo de ese período, el organismo puso a disposición de los contribuyentes distintas herramientas que permitieron avanzar en la regularización de pasivos acumulados como consecuencia de la crisis del gobierno anterior así como resultado de la irrupción de la pandemia.
En línea con el proceso de recuperación económica que experimenta el país y con el objetivo de proteger el interés fiscal, el organismo retomó en febrero las ejecuciones fiscales de contribuyentes morosos. La AFIP inició las ejecuciones fiscales a los contribuyentes más riesgosos y con mayores montos de deuda. El proceso que se está realizando en forma gradual sumó la posibilidad de solicitar embargos sobre activos digitales.