Extienden la devolución del consumo con tarjetas: a quién beneficia y cómo obtenerlo

Fue extendido por seis meses para los sectores más vulnerables en lo económico. Cómo obtenerlo. 

23 de diciembre, 2021 | 09.02

 La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió por 6 meses la vigencia del reintegro por consumos con tarjeta de débito de los sectores de menores ingresos.  El beneficio alcanza a jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo y titulares de la AUH y la AUE. La medida ofrece un impulso adicional a los consumos que realizan todos los meses más de 1,3 millones de personas.

El reintegro tiene un tope de $1200 mensuales por beneficiario y para los titulares de la AUH con 2 o más hijos el monto máximo será de $2400 mensuales. El beneficio se extiende hasta el 30 de junio de 2022 y alcanza a compras realizadas en farmacias, mini, súper e hipermercados, kioscos y almacenes.

El mecanismo consiste en la devolución de consumos realizados con la tarjeta de débito a través de la cual se perciben la jubilación, pensión o AUH/AUE.

Condonación de deudas

Hace dos días, la AFIP había anunciado que los contribuyentes ya están en condiciones de solicitar la condonación de deudas en el marco de la ley de alivio fiscal para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto.

"La condonación de deudas forma parte de las medidas que dispuso el Gobierno para acompañar a los y las contribuyentes en el proceso de recuperación económica. La ley de alivio fiscal incluye además la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes", informó la AFIP.

El beneficio que condona deudas lo pueden solicitar entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También incluye deudas por hasta $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado Mipyme.

Se podrá realizar la solicitud hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP, dentro del servicio Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653, con clave fiscal nivel de seguridad 3. Los beneficiarios deberán contar con inscripción en los respectivos registros para las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural.