Mientras la demanda de dólares sigue sin dar tregua, el Ministerio de Economía envió este fin de semana al Congreso un proyecto de ley enfocado en estímulos tributarios para fomentar la inversión en pesos. La iniciativa contempla una serie de modificaciones en la Ley de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, quedando exentas las rentabilidades que se obtengan por inversión en instrumentos en pesos indexados --como lo que ajustan por CER o UVA-- y en otros activos en moneda nacional que se destinen a inversiones productivas, "corrigiendo así el tratamiento diferencial que tenían estos activos, que castigaba su uso", sostuvo el ministro de Economía, Martín Guzmán, desde su cuenta de Twitter. El proyecto además incluye, como novedad, una cláusula "antielusión". "La posibilidad de eludir el impuesto con movimientos de cartera de un día a otro, más siendo activos líquidos, es algo que un sistema impositivo debe evitar", explicó también en la misma red social el secretario de Políticas Públicas Tributarias, Roberto Arias.
El objetivo de la medida es doble. Por un lado busca hacer más atractivos los instrumentos en moneda local, lo que permitirá estimular el ahorro en pesos y, en simultáneo, desincentivar la demanda de dólares para atesoramiento. Por el otro, contar con recursos de ahorro doméstico para financiar la construcción, una actividad de rápida recuperación. "Básicamente se trata de movilizar la masa de pesos hacia actividades clave, como la construcción", resumieron a este medio desde Economía en horas previas a la presentación. Economía eligió otorgar mejoras tributarias para estimular el ahorro pese a la caída en la recaudación.
En los considerandos del proyecto, al que accedió El Destape, reconoce que "las consecuencias económicas producidas por la pandemia han implicado una resignación de ingresos fiscales y una desaceleración en la dinámica de la recaudación real". "En la presente coyuntura, la construcción de una economía dinámica requiere de un aceitado funcionamiento del mercado de créditos y de capitales que permita al aparato productivo expandirse sin trabas en tiempos de bonanza y protegerse frente a restricciones de financiamiento en tiempos de adversidad", agrega el documento.
En los últimos meses los instrumentos en pesos indexados cobraron protagonismo, pero aún continúan sin opacar la demanda de dólares. Según información del Banco Central, en lo que va del año (septiembre incluido) los depósitos en pesos indexados por CER o UVA crecieron un 63,2 por ciento, pasando de los 21.425 millones a 34.595 millones de pesos. "En línea con los objetivos que nos planteamos en diciembre de 2019 de reconstruir el mercado de capitales en pesos, ayer dimos un nuevo paso: enviamos al Congreso de la Nación un proyecto de ley para incentivar el ahorro y el financiamiento en moneda local", aseguró el titular del Palacio de Hacienda.
Punto por punto
El proyecto disponen una serie de modificaciones en la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones y en el Capítulo I del Título VI de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones de Impuesto sobre los Bienes Personales.
Respecto a Ganancias, se eximen los intereses originados en los depósitos en instituciones financieras, en moneda nacional, con cláusula de ajuste y los intereses y rendimientos producto de la colocación de capital en los instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva que establezca el Ejecutivo. También "quedarán dispensados del Impuesto sobre los Bienes Personales, introduciéndose además, en este último, una franquicia para las obligaciones negociables emitidas en moneda nacional", de acuerdo con el texto ordenado.
Están eximidos también las cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión y los certificados de participación y valores representativos de deuda fiduciaria de fideicomisos financieros que hubiesen sido colocados por oferta pública. En estos casos, el activo subyacente principal debe estar integrado, como mínimo, en un 75 por ciento por depósitos o algunos de los instrumentos antes mencionados.
No se dará por cumplido ese piso de 75 por ciento si se produjera una modificación en la composición de los depósitos y bienes allí citados que los disminuyera por debajo de ese porcentaje, durante un período mínimo "continuo o discontinuo" de 30 días en un año calendario o el equivalente a la proporción de días considerando el momento de ingreso al patrimonio de las cuotapartes o certificados de participación o valores representativos de deuda fiduciaria hasta el 31 de diciembre.
Este último punto es el referido a las cláusulas "antielusión". “Como Bienes Personales mira la composición de la cartera al 31 de diciembre de cada año, esto genera un ruido importante en el mercado en cada fin de año. La posibilidad de eludir el impuesto con movimientos de cartera de un día a otro, más siendo activos líquidos, es algo que un sistema impositivo debe evitar porque distorsiona precios y genera ineficiencias, además de perder efectividad el incentivo buscado con la exención”, afirmó Arias.
Las exenciones solo se aplicarán en la medida en que dichos bienes o depósitos permanezcan en su patrimonio, como mínimo, el 75 por ciento de los días "contados en forma continua o discontinua" del año calendario correspondiente al período fiscal por el que se declaran. " Si no se puede cumplir con esta limitación, las exenciones podrán aplicarse si esos bienes o depósitos permanecen de forma continuada en ese mismo destino, al menos desde el 1º de diciembre del período fiscal de que se trata hasta el 31 de mayo del año siguiente, inclusive", concluye el proyecto de ley, el cual comenzaría a discutirse en Comisión a partir de la semana próxima.