El Poder Ejecutivo modificó una serie de normativas de la Comisión Nacional de Valores (CNV) para eliminar el llamado parking en las compras del dólar MEP para las operaciones inmobiliarias. La medida había sido un reclamo del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, bancos e inmobiliarias. Los cambios se incluyeron en la resolución 1004 de la CNV, publicada el pasado 7 de junio. En la práctica, esto implicará que la persona que saque un préstamo UVA en pesos para comprar una propiedad podrá acceder a los dólares en forma inmediata. Un paso más hacia la dolarización de activos.
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El dólar MEP consiste en una modalidad financiera que permite la adquisición de bonos con pesos, para luego venderlos en dólares. Este proceso exige 24 horas de parking; pero ahora, la CNV excluyó de dicho plazo – conocido técnicamente como parking- a las operaciones inmobiliarias realizadas con la toma de préstamos hipotecarios UVA.
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“Resulta muy acertada la resolución general 1004 de la CNV que exceptúa del parking a los créditos hipotecarios UVA para viabilizar las operaciones y es una solución a los miles de argentinos que prontamente tengan una carpeta con un préstamo aprobado para la vivienda. “En Argentina, una semana puede equivaler a un año en términos cambiarios y con ello se diluye el ahorro para algo tan vital como es la vivienda. La simultaneidad de tiempos en la gestión del crédito es vital para que el escribano vaya ganando tiempo con el estudio de títulos y corrobore que ese inmueble a adquirir está en perfectas condiciones”, consideró Jorge De Bártolo, titular del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.
Los cambios
“El desarrollo de crédito hipotecario es importante para los argentinos y para el mercado de capitales. A través de la resolución general 1004 se exceptúa del parking a los créditos hipotecarios UVA para viabilizar las operaciones”, manifestó Roberto Silva, titular de la CNV, a través de un comunicado.
Las modificaciones incluidas en la resolución 1004 de la CNV entraron en vigencia el lunes de esta semana. Entre los cambios, pueden citarse los siguientes:
Plazo mínimo de tenencia: La CNV exceptuó del parking de 24 horas a las operaciones vinculadas a la toma de créditos UVA.
Régimen informativo previo: se elimina la necesidad de cumplir con el régimen informativo previo, conocido como calendarización, para poder vender valores con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local (MEP).
Restricciones a la venta contra moneda extranjera: se eliminan las restricciones a la venta de valores contra moneda extranjera en casos donde el titular tenga financiaciones abiertas mediante cauciones, pases, u otros tipos de financiamiento a través de operaciones en el mercado de capitales.
Las inmobiliarias
“Esto fue algo que se pidió formalmente hace unas semanas, junto a los bancos y las organizaciones de escribanos”, indicaron desde el sector inmobiliario, una vez conocida la letra chica de la resolución de la CNV.
Desde el sector calculan que el grueso de las operaciones de crédito UVA y la compra de dólar MEP empezaría a notarse con fuerza a partir de julio.
“Le sacas el miedo a los que están comprando/vendiendo. Con una operación de 100 mil dólares, te agarra un salto cambiario del 15%, estás con un faltante de 15 millones de pesos. De esta manera, cerrás la operación y tenés acceso a los dólares”, explicaron desde el sector.
Una en contra
El Banco Central eliminó un beneficio clave de los nuevos créditos hipotecarios UVA, que permitía al usuario protegerse contra una suba desmedida de la inflación, en caso de que esta superase al aumento de los salarios.
Así lo determinó el BCRA a través de la Comunicación A 8024, en la que resolvió sustituir una normativa de la "Política sobre crédito" sobre el valor de las cuotas CER en relación a la suba inflacionaria.
La nueva determinación del Banco Central establece simplemente que "al momento del otorgamiento de financiaciones a personas humanas, se deberá tener especial atención a la relación cuota/ingreso de manera de que el deudor pueda afrontar posibles incrementos en el importe de las cuotas sin afectar su capacidad de pago, teniendo en cuenta que sus ingresos pueden no seguir la evolución de la Unidad de Valor Adquisitivo actualizable por 'CER' ('UVA').”
De este modo, eliminó la normativa hasta entonces vigente que establecía, en relación a los créditos CER (ajustados por UVA), que "al momento de la contratación del crédito, las entidades deberán ofrecer al cliente al menos una de las siguientes opciones:
*Extender el número de cuotas originalmente previstas cuando el importe de la cuota a pagar supere en 10 % el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el Coeficiente de Variación de Salarios ('CVS') desde su desembolso. En esa circunstancia, que deberá ser notificada al cliente –por medios electrónicos cuando sea posible– y ante su solicitud expresa de ejercer tal opción, la entidad financiera deberá extender en hasta 25 % el plazo originalmente previsto para el préstamo.
* Que el importe de la cuota no supere en 10 % el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el 'CVS' desde su desembolso, sin que ello implique extender el número de cuotas originalmente previsto. Cuando se trate de financiaciones otorgadas en el marco del ProCreAr, el costo de esta opción podrá ser trasladado al cliente".