El Banco Central volvió a flexibilizar el cepo cambiario al autorizar el uso de fondos propios en moneda extranjera para realizar pagos antes de los plazos actualmente vigentes. Las importaciones de bienes de capital se podrán pagar en forma anticipada cuando se utilicen fondos propios que tengan depositados en sus cuentas locales en moneda extranjera.
Para las importaciones del resto de los bienes, se permite realizar pagos con esos recursos antes de los plazos establecidos normativamente y a la vista de la documentación de embarque. En el caso de los importadores de servicios a no vinculadas podrán utilizar fondos propios que tengan depositados en sus cuentas locales o reciban de sus ventas en moneda extranjera para pagar las importaciones sin plazo.
En relación la medida, el presidente de la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA), Marcelo Fernández, destacó que había sido impulsada por esa entidad desde 2022 y había sido incluida en el Presupuesto 2023, pero nunca había llegado formalizarse. Fernández sostuvo que permitirá que las pymes puedan acceder con mayor facilidad y transparencia a los bienes importados. “Con esta medida, las PYMES que necesitan insumos del exterior van a poder tener una mayor previsibilidad a la hora de producir”, agregó.
Asimismo, anticipó que la iniciativa permitirá “facilitar las importaciones y ayudar a la acumulación de reservas”. Para adelante, añadió: “Esperamos que la medida se amplíe a los gastos de turismo exterior para que los que viajen pongan sus dólares y no los ponga el Estado”.
¿Cómo es el mecanismo?
Las empresas que sean elegibles para tomar financiamiento local en moneda extranjera estarán autorizadas a utilizar estas divisas para realizar los pagos. A partir de esta norma, los importadores podrán optar entre pagar sus importaciones con acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) en los plazos que correspondan según el tipo de bien o servicio, o adelantar esos pagos usando fondos propios en moneda extranjera o con financiamiento local cuando estén habilitados.
MÁS INFO
Esto es para pago de anticipos o a vista de documentación de embarque con fondos propios o con financiación, los que pueden acceder por hacer exportaciones. Los pagos de importaciones de bienes tienen un plazo unificado de 30 días, excepto la energía, que es inmediato.
Hay algunos bienes (solo en casos excepcionales, como el sector energético) que se importan con un plazo de 0 días y, pero, en la mayoría de los casos, es a 30 días. El problema es que todo indica que las reservas del podrían verse resentidas en la última etapa del año producto del pago de las importaciones.
Los nuevos plazos establecidos son:
Para el caso de los bienes de capital, se permite cancelar anticipos con dólares propios en plazos inferiores a 30 días
Para otros bienes, se podrán cancelar con las operaciones a la vista de la documentación pertinente a través del mismo recurso (con recursos propios).
En el caso de los importadores de servicios (que aplica, por ejemplo, a recitales) a empresas no vinculadas, podrán utilizar fondos propios que tengan depositados en sus cuentas locales y/o reciban de sus ventas en moneda extranjera para pagar las importaciones sin plazo.