Le otorgaron la prisión domiciliaria a Núñez Carmona

La decisión se tomó por el riesgo de que se contagie coronavirus. La cárcel de Ezeiza es una de las más afectadas por COVID. 

06 de agosto, 2020 | 08.53

 La Justicia le otorgó la prisión domiciliaria al empresario José María Nuñez Carmona, acusado junto a Amado Boudou, en el marco de la causa Cicccone, en la cual ya había sido beneficiado el ex funcionario con la misma medida. La decisión fue tomada en la noche del pasado miércoles por el juez federal Daniel Obligado, quien evaluó el riesgo de que el detenido se contagie coronavirus en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza: Nuñez Carmona es un paciente de riesgo.

La cárcel de Ezeiza es uno de los penales más afectados por la pandemia de COVID-19.

Núñez Carmona fijó residencia en la casa de su madre, de 92 años, en la ciudad de Mar del Plata, de donde es oriundo: allí estará incluido en el "Programa de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica" del Ministerio de Justicia. "En este caso considero que se ha demostrado de qué modo y manera la emergencia sanitaria de pandemia Covid 19 incrementa los riesgos personales del condenado José María Núñez Carmona en relación a su núcleo familiar conviviente, por lo que en este contexto situacional habré de morigerar su encierro, tornando el penitenciario en domiciliario", marcó el magistrado en su fallo.

La defensa del empresario había denunciado que a la Unidad 31 de Ezeiza ingresaron 11 internos, uno de los cuales contrajo coronavirus.

El juez señaló que las autoridades penitenciarias informaron que Núñez Carmona es una persona de "57 años de edad, presenta antecedentes como hipertensión arterial (diagnóstico reciente), enfermedad coronaria (diagnóstico reciente con angioplastia transluminal coronaria colocación de stent), dislipemia, tabaquismo, gastritis y obesidad".

"De acuerdo a sus antecedentes pertenece al grupo de personas vulnerables determinando un mayor riesgo de complicaciones graves en caso de ser afectado por la enfermedad viral que nos ocupa COVID-19", advirtió Obligado. En su fallo, el juez recordó que en anteriores oportunidades había rechazado el pedido de arresto domiciliario porque "se trataba de una hipótesis incierta que no tenía sustento en casos reales de la unidad donde se encuentra detenido".

Para el magistrado, la situación actual es diferente ya que Nuñez Carmona está alojado en "un pabellón donde hay espacios de uso indispensable para los internos que son de uso común: duchas, baños, cocina, comedor, y demás lugares necesarios para la higiene y esparcimiento".

"Además de considerar que el sujeto que aquí nos ocupa ya estuvo detenido, fue excarcelado, se le revocó tal beneficio y retornó al encierro penitenciario. Hasta el momento, entonces, viene cumpliendo con las pautas procesales que se le han impuesto y también registra Conducta 10, Concepto 5", explicó.