La medida de Milei sobre las criptomonedas que afectan al blanqueo de capitales

El Gobierno informó que los activos financieros digitales podrán ingregar al blanqueo de capitales mileista.

31 de agosto, 2024 | 18.24

Las criptomonedas pueden ser incorporadas al "blanqueo de capitales" bajo las mismas condiciones que el resto de los activos incorporados dentro del beneficio fiscal.

Según se informó desde el Gobierno nacional, para formar parte del beneficio fiscal se requiere que los activos en criptomonedas sean depositados en lo que se conoce como “Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV)”, dado que sólo será posible iniciar el blanqueo si los activos virtuales quedan custodiados en los PSAV aprobados por la Comisión Nacional de Valores.

La metodología continúa de la siguiente manera: luego del depósito, se deberán transferir los activos a una "cuenta especial" que tiene el PSAV seleccionado, el cual debe tener habilitado la posibilidad de hacer "Custodia crypto".

“Una vez depositados los criptoactivos, podrá procederse a la manifestación de adhesión al blanqueo. La fecha límite para la primera fase es el 30 de septiembre de este año. A partir del primero de octubre y hasta el 30 de noviembre el interesado deberá realizar la declaración jurada ante AFIP”, indicaron fuentes oficiales.               

Valor

Deben incorporarse al valor máximo entre su evaluación al momento de la incorporación (cuotización) o su valor de compra (costo de adquisición), lo que sea mayor. En el caso de USDT (stablecoin), su evaluación resulta más sencilla porque tiene equivalencia 1-1 con el dólar.

Para acreditar la titularidad de las cripto, se deberá adjuntar la constancia de que el sujeto adherente es titular de la cuenta registrada en el PSAV que ejerció la custodia de las criptomonedas (u otros bienes similares), y/o de la wallet donde se encontraban depositados dichos activos.

Asimismo, se deberán adjuntar las constancias y/o documentos equivalentes de los datos identificatorios de cada PSAV y/o wallet, con el detalle de la clave pública asociada, inclusive aquéllas que sean descentralizadas. Toda la documentación solicitada deberá estar certificada por escribano público al momento de la presentación, salvo que la información exigida surja de un reporte emitido por el PSAV inscripto ante la CNV que haya ejercido la custodia de las criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares a la fecha de blanqueo.

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