Esta semana se presentará un nuevo blanqueo para impulsar el ingreso de dólares y su direccionamiento hacia la construcción, para lo cual se incluirán beneficios a quienes repatrien divisas para dinamizar esta actividad. La iniciativa se suma al paquete de medidas que lleva adelante el equipo económico para incentivar el ingreso de divisas y el ahorro en moneda local. Desde la cartera que conduce Martín Guzmán aseguran que "no se trata de un blanqueo tradicional". De hecho, el anteproyecto que se presentará no utiliza siquiera ese término. La iniciativa contempla que se podrá declarar de manera voluntaria ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera o nacional en el país y en el exterior. La redacción está lista y solo resta el visto bueno de Alberto Fernández. La ventana fiscal estaría abierta hasta febrero, un mes antes de que comience el ingreso fuerte proveniente de las exportaciones del sector agropecuario.
Una salida a la crisis económica que generaron la fuga de capitales del macrismo y la pandemia invitaba a pensar la necesidad de alguna moratoria impositiva, tal como la que ya se puso en marcha. Pero la alternativa de un blanqueo se convierte en este contexto en un nuevo premio a los que generan las actuales tensiones cambiarias. Una recompensa que se suma a la que se otorgó al complejo agroexportador por haber retenido su cosecha durante una campaña completa para forzar una devaluación del peso. La falta de divisas hizo que se pensara en un blanqueo con fines de recaudación por sobre el capital que se declare y de ingreso de divisas mediante incentivos para repatriar capitales.
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La falta de un incentivo a la repatriación fue precisamente la crítica --además de permitir el ingreso a familiares de funcionarios, incluyendo del propio presidente-- que se hacía en términos técnicos al blanqueo macrista. Sólo se enfocó en la declaración de bienes. En este caso la lógica tendrá características similares al programa de exteriorización de moneda extranjera que llevó a cabo en 2013 el entonces ministro de Economía Axel Kicillof. En ese programa se beneficiaba a quien invirtiera en un fideicomiso de construcción no financiero frente a quien lo hiciera en algún activo financiero. En esta oportunidad, la apuesta es captar inversores que quieran aprovechar los precios baratos de la construcción en dólares para ingresar los fondos.
El proyecto Guzmán
Los sujetos que informen tales tenencias deberán abonar un impuesto especial, no deducible del Impuesto a las Ganancias, y quedan excusados de la obligación de informar la fecha de compra de tales tenencias y el origen de los fondos. El proyecto también incluye exenciones en Bienes Personales.
Según confirmaron fuentes oficiales, la iniciativa crea un régimen destinado a promover las inversiones en la construcción de obras privadas. “Podrán declarar de manera voluntaria ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior, en las condiciones previstas en el presente Capítulo, dentro de un plazo que se extenderá desde la fecha de entrada en vigencia de esta ley y hasta el 28 de febrero del año 2021, ambas fechas inclusive”, señala el proyecto.
Los fondos declarados deberán depositarse en una cuenta especial abierta a nombre del titular de la tenencia en entidades financieras reguladas por el Banco Central. Los plazos los establecerá la AFIP y el Banco Central. Se establece además un cronograma del impuesto especial sobre esa repatriación. En el caso de los fondos ingresados hasta el 31 de diciembre de 2020, la alícuota será de 5%. Para las divisas ingresadas durante enero (del 1 al 31 inclusive) será de 15% y durante febrero (del 1 al 28 inclusive) será de 25%. Este impuesto especial no resultará deducible ni podrá ser considerado como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.
De acuerdo con el proyecto, los sujetos que efectúen esta declaración voluntaria quedan liberados de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder y quedan eximidos del pago de los impuestos que hubieran omitido declarar.
El texto aclara que quedan comprendidas dentro de la definición de obras privadas nuevas aquellas que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley posean un grado de avance inferior al 50% de finalización de obra. Se exime de Bienes Personales "al valor de las inversiones en construcción de obras privadas nuevas realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022, inclusive, en la Argentina, desarrolladas directamente o a través de terceros, desde el período fiscal en que se efectivice la inversión y hasta aquel en que se produzca la finalización de la obra". También se podrá computar como pago a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales el equivalente al 1% del valor de las inversiones en construcción de obras privadas nuevas.