Blanqueo de capitales: qué es la figura del "colaborador" para atrapar a los evasores

El proyecto que Sergio Massa enviará al Congreso incluye la novedad de la figura del colaborador, que recompensa y protege legalmente a quienes contribuyan al hallazgo de dinero en negro.

26 de diciembre, 2022 | 13.14

El proyecto de blanqueo de capitales que el Gobierno dio a conocer en las últimas horas, y que enviará al Congreso en los próximos días, incluyó esta vez la novedad de la figura del colaborador, que otorga recompensas y exime de responsabilidades penales y tributarias a quienes contribuyan al hallazgo de dinero en negro de terceros.

Se trata, en concreto, de un acuerdo de colaboración para la protección de quienes contribuyan a la detección de bienes no declarados en el país o en el exterior, al igual que de maniobras que tengan como objetivo algunos de los delitos tipificados en Régimen Penal Tributario, según especifica un borrador del proyecto de ley al que accedió El Destape.

El procedimiento tendrá como autoridades de aplicación tanto a la AFIP como al Ministerio de Justicia, quienes podrán acordar con el colaborador una recompensa de hasta el 20% del monto total que este ayude a recaudar.

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Los colaboradores gozarán "de la protección y reserva de identidad de él y de su entorno familiar o societario", contempla el proyecto. De este modo, la AFIP no tendrá la obligación de "aplicarles sanciones administrativas y de formularles denuncia penal tributaria, en caso de corresponder" ni de "formular denuncias por presuntos delitos contra el orden económico y financiero y cualquier otro presunto delito" penal.

En el mismo sentido, los colaboradores  "quedaran eximidos de cualquier tipo de sanción susceptible de ser encuadrada en alguna de las conductas tipificadas en las leyes Nros. 21.526, de Entidades Financieras y 26.831, de Oferta Pública y Mercado de Valores", especifica el proyecto, aunque únicamente para los casos en los que la colaboración efectivamente dé lugar a un resultado positivo para la AFIP.

Desde el punto de vista legal, el Acuerdo de Colaboración se incorporará como Título VI al Régimen Penal Tributario de la Ley Nº 27.430 como procedimiento para que la AFIP pueda obtener la información requerida.

La figura del colaborador

Tanto fuentes oficiales como expertos tributaristas consultados por El Destape ratificaron que la figura del colaborador es una novedad del actual proyecto de blanqueo elaborado por Massa, y que, si bien tiene varios antecedentes a nivel mundial, no existió en leyes de blanqueo anteriores en el país, como el que lanzó Mauricio Macri en 2016.

Un contador especialista en derecho tributario, que prefirió hablar en off, consideró en diálogo con este portal que el procedimiento de recompensa, protección y eximición de castigos para con el colaborador denunciante es lo normal en este tipo de figuras. 

También señaló que el monto del 20% de recompensa sobre el total de lo recaudado resulta "razonable", pero agregó que todavía resta conocerse cómo se calculará ese porcentaje, si incluye solo al capital o también al interés o a la multa, y en qué plazo se pagará en el contexto inflacionario.

De cualquier forma, el experto opinó que la figura del colaborador resulta negativa, "peligrosa" y "conflictiva socialmente", ya que "puede dar lugar a vendettas personales". "Lo veo como una figura que puede permitir la extorsión, del tipo 'o me das esto o te denuncio'", graficó.

En el mismo sentido, consideró delicado el hecho de que la recompensa está sujeta a que el fisco efectivamente recaude lo señalado por el denunciante, ya que implica que quizás el denunciado "quede en el ojo de la tormenta pero al final todo queda en la nada".

Además, opinó que el propio colaborador denunciante puede correr riesgos, ya que es posible que la parte denunciada esté relacionada a otras actividades no blanqueadas para las cuales el denunciante no tendrá protección.

Por último, el especialista también advirtió que debe resolverse qué sucederá con la eximición de sanciones para el colaborador si el dinero denunciado proviene del lavado de activos, ya que en ese caso el ámbito de acción pasaría a ser la Unidad de Información Financiera (UIF), cuando el procedimiento del proyecto establece que los organismos encargados de aplicarlos son solo la AFIP y el Ministerio de Justicia.

El nuevo proyecto de blanqueo de capitales que Massa enviará al Congreso

En concreto, el proyecto dispone la creación del régimen especial “Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado”, que abarca a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas con "tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior (incluyendo créditos)", precisa el borrador de Economía.

Al contrario, quedarán excluidos de la posibilidad de acceder al blanqueo los funcionarios públicos. Específicamente, quienes "entre el 1° de enero de 2010 y la vigencia de la presente ley hubieran desempeñado funciones públicas y, también, sus cónyuges, los convivientes, los padres y los hijos".

El proyecto establece una alícuota progresivamente superior cuanto más tiempo pase sin que el dinero sea blanqueado. Esta será del 2,5% desde la entrada en vigencia de la ley hasta el 31 de marzo de 2023, del 5%, desde el 1º de abril de 2023 hasta el 30 de junio de 2023 y del 7,5%, desde el 1º de julio de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023. En tanto, se duplicarán las alícuotas para los bienes del exterior cuando no exista repatriación.