Los argentinos y las argentinas residentes en el exterior que perciban jubilaciones, pensiones o renta vitalicia podrán cobrarlas en una cuenta bancaria de su titularidad en el país de residencia, de acuerdo a la medida que fue dispuesta hoy por el Directorio del Banco Central (BCRA).
Hasta ahora se permitía este procedimiento para las personas beneficiarias de jubilaciones y pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
De esta manera se generaliza el sistema para las que lo perciben de otros organismos previsionales y/o rentas vitalicias previsionales.
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"Las transferencias en divisas serán por hasta el monto percibido por tales conceptos en los últimos 30 días corridos y en la medida que se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado", detalló el BCRA en un comunicado.
Con información de Télam